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Portada Puerto Rico

Tribunal ordena que los bomberos sean incluidos en la Ley de Retiro Temprano

Redacción por Redacción
11 de marzo de 2021
en Puerto Rico
Tiempo de lectura: 2 minutos de lectura
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San Juan (Puerto Rico).- El presidente del Sindicato de Bomberos Unidos de Puerto Rico (SBUPR), José Tirado, informó que esa organización logró un fallo a su favor, en el Tribunal de San Juan, que llevó contra la Administración de los Sistemas de Retiro y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) por la exclusión de los bomberos de la Ley de Retiro Temprano (Ley 80 de 2020).

Tirado indicó que la decisión del Tribunal fue contundente al destacar en el fallo que tanto «la Administración de los Sistemas de Retiro y la Oficina de Gerencia y Presupuesto violaron la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al excluir unilateralmente a los bomberos de los derechos de la Ley 80».

El Ejecutivo, a través de OGP y Retiro, en cartas administrativas, había excluido a los bomberos y a otro personal de alto riesgo del gobierno central de la cobertura de la Ley 80. El Sindicato de Bomberos, presentó un recurso de interdicto y de sentencia declaratoria ante el Tribunal de San Juan y este resolvió que el personal que fue excluido puede ejercer ese derecho.

La determinación daría la opción a cerca de 400 miembros del Cuerpo de Bomberos de acogerse al derecho que se le otorgó a esos empleados públicos que están acogidos bajo la Administración de los Sistemas de Retiro.

«Esos candidatos de bomberos con más de 20 años de servicio podrían acogerse al retiro con más de un 50% de su salario y una aportación al plan médico de $100 mensuales una vez la Junta de Supervisión Fiscal y el Gobierno se pongan de acuerdo para la aplicación de esta ley», explicó Tirado.

Dijo que un sondeo realizado por el Sindicato de Bomberos reveló preliminarmente que 210 miembros del Cuerpo de Bomberos estarían dispuestos a acogerse al retiro incentivado.

La Ley 80 concede el derecho a los empleados públicos de reclamar voluntariamente una ventana de retiro temprano, con excepción de los miembros de la Policía de Puerto Rico, los sistemas de retiro de maestros, Energía Eléctrica y la Rama Judicial.

«Gracias al recurso legal que llevamos en representación del derecho de nuestros bomberos y la determinación favorable del Tribunal, otros compañeros como los del Departamento de Corrección y Rehabilitación, Emergencias Médicas y los vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, podrán acogerse al beneficio del retiro incentivado, lo cual nos llena de profunda satisfacción», expresó Tirado.

Etiquetas: BomberosDerechoLeyRetirotemprano
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