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Portada Puerto Rico

Cámara aprueba prohibir el cobro del “promoter fee”

Redacción por Redacción
24 de agosto de 2026
en Puerto Rico
Tiempo de lectura: 3 minutos de lectura
Cámara aprueba enmiendas en el “Código Electoral de Puerto Rico”
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San Juan (Puerto Rico).- La Cámara de Representantes aprobó en la Sesión Ordinaria de este lunes el Proyecto de la Cámara 1031, para crear la “Ley de Transparencia en la Venta de Boletos de Espectáculos Públicos”, que prohibirá el cobro separado de cargos a los consumidores, como la “promoter fee” y el “venue fee”.

La medida, que además enmienda la “Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra”, busca detener esta práctica que ha encarecido los costos de taquilla a las familias puertorriqueñas “limitando su acceso al arte, la cultura y el entretenimiento”.

La única excepción a esta prohibición incluye los cargos por servicio emitidos por las empresas expendedoras de boletos que corresponden a la gestión tecnológica directa de emisión de taquillas, así como los impuestos aplicables por ley.

Según determinaciones administrativas recientes del Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO), el cargo de promotor es uno que se impone adicional a la compensación pactada con los artistas y que se cobra directamente en la taquilla al consumidor, no siendo un costo que este tenga que pagar a un tercero.

El representante Jorge Navarro Suárez, autor de la medida junto a Edgar Robles Rivera, afirmó que “esta práctica tiene el efecto de distorsionar el precio promedio de taquilla acordado entre el promotor y el artista, alterando la expectativa económica del acuerdo y menoscabando la transparencia en el proceso de compra al presentarse como un cargo no optativo”.

Navarro Suárez señaló que esta conducta va en contra de las mejores prácticas en los estados como Florida, California y Texas.

A esta medida se unió, el Proyecto de la Cámara 429, de la representante Lourdes Ramos Rivera, a los fines de disponer la devolución al consumidor de la totalidad de los cargos incluyendo los cargos por servicios en la venta de boletos, Impuesto Sobre Ventas y Usos (IVU) y demás cargos sufragados por el consumidor como parte de los boletos cuando los espectáculos hayan sido suspendidos o cancelados.

La pieza impone la obligación al promotor de garantizar el reembolso de dichos cargos por conducto propio o de la empresa expendedora de boletos, y establece una multa administrativa que comienza en los $1.000 hasta $10.000, por incumplimiento con esta disposición en caso de suspensión o cancelación de espectáculos públicos.

Por otra parte, la Cámara de Representantes ratificó la Resolución cameral 783, de su presidente Carlos “Johnny” Méndez Núñez, para ordenar a la Comisión de Salud investigar el proceso de cambio de administración del Centro de Diagnóstico y Tratamiento (CDT) del Municipio de Culebra; los posibles impactos en la prestación de servicios de salud a la comunidad del Municipio de Culebra y la situación laboral de los empleados adscritos a dicho centro asistencial.

Dentro de las aprobaciones también está el Proyecto de la Cámara 1364, del representante José “Cheíto” Hernández Concepción, que enmienda la “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico”, a los fines de disponer que toda empresa que opere el Sistema de Transmisión y Distribución de energía de Puerto Rico deberá establecer y mantener un sistema de querellas que impida el cierre sin su resolución efectiva, a la vez que dispone que se deberá realizar una notificación al cliente, la solución de su queja.

Esta pieza, que contiene el lenguaje aprobado del Proyecto de la Cámara 1004, el cual fuera vetado por la gobernadora, tiene la intención según el representante Hernández Concepción, de atajar la práctica de LUMA Energy de “cerrar los casos sin atender la emergencia, la avería o la situación por la cual se radicó la querella”.

“Hasta este momento no sé por qué vetaron la medida, pero volvimos a radicarla como mismo se aprobó para el beneficio de nuestra gente en todo Puerto Rico que lamentablemente sufre con las querellas que se cierren sin trabajarlas todos los días”, agregó.

Asimismo, fue ratificado el Proyecto de la Cámara 134 de la representante Lisie Burgos Muñiz, que configura como delito la exposición deshonesta frente a menores dentro del “Código Penal de Puerto Rico”, el cual conllevará una pena de reclusión de tres años.

La representante Burgos Muñiz, en su turno en torno a la medida, sostuvo que con esta propuesta busca honrar su compromiso de “proteger a nuestra niñez, que no merece timidez a la hora de ser firme y sobre todo coherentes con no avalar conductas que en nada aportan a la consecución de un país mejor”.

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