miércoles, mayo 13, 2026
Sin resultados
Ver todos los resultados
Precision
Advertisement
  • Portada
  • Nacionales
  • Internacionales
    • Puerto Rico
  • Medio Ambiente
  • Ciencia
    • Salud
    • Tecnología
  • Económicas
  • Deportes
    • Atletismo
    • Básquetbol
    • Béisbol
    • Boxeo
    • Fútbol
    • Otros
  • Revista
    • Cultura
    • Espectáculos
  • Opiniones
Precision
  • Portada
  • Nacionales
  • Internacionales
    • Puerto Rico
  • Medio Ambiente
  • Ciencia
    • Salud
    • Tecnología
  • Económicas
  • Deportes
    • Atletismo
    • Básquetbol
    • Béisbol
    • Boxeo
    • Fútbol
    • Otros
  • Revista
    • Cultura
    • Espectáculos
  • Opiniones
Sin resultados
Ver todos los resultados
Precision
Sin resultados
Ver todos los resultados
Portada Opiniones

La Vice y la Constitución

Redacción por Redacción
2 de diciembre de 2023
en Opiniones
Tiempo de lectura: 2 minutos de lectura
FacebookTwitterWhatsappTelegram

Cuando inició el siglo XX, la Constitución vigente en la República Dominicana, proclamada el 12 de junio de 1896, contemplaba el cargo de vicepresidente para sustituir al presidente de la República en caso de falta temporal o definitiva. La Carta fue modificada en junio de 1907 y mantuvo la Vicepresidencia. El artículo 42 dice:

“Habrá un Vice-Presidente, que deberá reunir las mismas cualidades que se requieren para ser Presidente, y será elegido en el mismo tiempo y con las mismas formalidades que aquél”. El artículo 43 establece que ese funcionario ejercerá la Presidencia en caso de muerte, renuncia o inhabilitación del Presidente.

Amparado en esta disposición constitucional, Ramón Cáceres asumió, en 1906, la primera Magistratura tras la renuncia del presidente Morales Languasco.

El 14 de junio de 1907 se proclama nueva Constitución, que mantiene la Vicepresidencia. Pero, ocho meses después (22 de febrero de 1908) consigue otra revisión constitucional en la que elimina la Vicepresidencia.

“Cuando ocurra el caso de incapacidad, renuncia, destitución o muerte del presidente de la República, el Congreso por una ley designará qué persona habrá de desempeñar la Presidencia hasta que cese la incapacidad o se elija un nuevo presidente”.

Esto manda el artículo 49 de la Constitución de Mon Cáceres.
La Vicepresidencia fue restablecida en otra reforma constitucional efectuada el 13 de junio de 1924, bajo el Gobierno provisional de Juan Vicini Burgos, tras la desocupación del territorio nacional por los Estados Unidos de América. Esta dedica los artículos 51, 52 y 53 al vicepresidente. Tuvo vigencia hasta 1927 y mantuvo la Vicepresidencia.

También prevaleció la Vicepresidencia en las dos reformas efectuadas en 1929 (9 de enero y 20 de junio), bajo el mando de Horacio Vásquez. Lo mismo, en la primera reforma de Rafael Trujillo, 9 de junio de 1934. Es en 1942 (10 de enero), propiciada por el tirano, cuando se elimina el segundo puesto del Poder ejecutivo.

El artículo 51, que en varias versiones de la Carta acogió lo relativo a la Vicepresidencia, estableció que, a falta definitiva del presidente, ejercerá las funciones el secretario de Estado de Guerra y Marina y a falta de este, el secretario de Interior y luego el de la Presidencia. Lo mismo prevaleció en la Constitución del 10 de enero 1947.

Sería en la reforma constitucional del 1 de diciembre de 1955 cuando se restablecería la función de vicepresidente. Joaquín Balaguer ocupó el cargo desde el 16 de agosto de 1957-al 3 de agosto de 1960, cuando alcanzó la Presidencia por renuncia de Negro Trujillo. Desde entonces, la Vicepresidencia ha prevalecido.

rafaelperaltar@gmail.com

(El autor es periodista y escritor residente en Santo Domingo, República Dominicana).

Etiquetas: La Vice y la Constitución
Entrada anterior

Tribunal dicta auto de apertura a juicio en contra de Micky López por narcotráfico

Siguiente entrada

200 muertos y cientos de heridos tras la reanudación de bombardeos israelíes en Gaza

Redacción

Redacción

Relacionado...Entradas

Bomberos en Santo Domingo ante riesgos peculiares, más allá de proteger vidas y propiedades

Círculo de Periodistas de la Salud RD: 30 años de servicio y promoción de estilo de vida saludable

12 de mayo de 2026
¿Quién asesinó a Paula?

Incidentes procesales que ilustran

12 de mayo de 2026
Cuando el dinero no sirve para nada

Vírgenes

12 de mayo de 2026
Las medidas de coerción y los principios que rigen su aplicación

La acción de inconstitucionalidad no debe sucumbir ante el formalismo

10 de mayo de 2026
Los Tribunales Constitucionales: Garantes de la Libertad y la Democracia

Financiamiento partidario y democracia constitucional

9 de mayo de 2026
Siguiente entrada

200 muertos y cientos de heridos tras la reanudación de bombardeos israelíes en Gaza

Comentarios sobre post

Presidente Abinader inaugura primer hospital traumatológico del Este en Higüey Presidente Abinader inaugura primer hospital traumatológico del Este en Higüey Presidente Abinader inaugura primer hospital traumatológico del Este en Higüey
Publicidad

(+) VISTAS

Álvarez (mano) comenzará asignación de rehabilitación en las menores

Álvarez (mano) comenzará asignación de rehabilitación en las menores

18 de agosto de 2025

Campeón del endeudamiento público

25 de agosto de 2021

Historiadores analizarán en coloquio la resistencia taína de Enriquillo

17 de enero de 2022
Obispos exhortan apoyar a la JCE y elegir candidatos honestos

Apoderan al TSE de siete expedientes relacionados con elecciones municipales

23 de febrero de 2024
prioridad para la RD, combatir lavado de activos, asevera Magín Díaz

prioridad para la RD, combatir lavado de activos, asevera Magín Díaz

29 de octubre de 2025
Publicidad
Precision

Con la información precisa

Copyright © 2013 - 2023 Precisión - Con la información precisa. Todos los derechos reservados. By HPMediaPlus

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Portada
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Medio Ambiente
  • Ciencia
  • Económicas
  • Deportes
  • Revista
  • Opiniones

Copyright © 2013 - 2023 Precisión - Con la información precisa. Todos los derechos reservados. By HPMediaPlus