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Portada Nacionales

Dictan pena máxima de 25 años por trata de personas agravada

Redacción por Redacción
20 de febrero de 2020
en Nacionales
Tiempo de lectura: 2 minutos de lectura
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Santo Domingo (República Dominicana).- El dueño del clausurado centro de diversión Pink Pony Bar pasó a la historia tras ser el primer condenado por un tribunal a la pena máxima por trata de persona agravada.

Según un comunicado del Ministerio Público, Jarvis Guerra Rodríguez, fuera sentenciado a 25 años de prisión, tras ser hallado culpable de incurrir en ese delito en perjuicio de 33 mujeres de nacionalidad venezolana.

La sentencia la dictó el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el cual también condenó, por el mismo caso, a 20 años de prisión y al pago de una multa de 175 salarios mínimos a la empleada de dicho establecimiento Ángela Isaura Campusano Santos (Daysi, la Morena o la Negra).

El tribunal también ordenó el pago de una indemnización de RD$500 mil a cada una de las víctimas y el decomiso de todos los bienes muebles e inmuebles que les fueron incautados a los acusados durante el proceso de investigación.

Guerra Rodríguez y Campusano Santos fueron hallados culpables de violar Ley No. 137-03.

Los dos integraban un grupo delictivo organizado dedicado a la trata de personas con fines de explotación sexual en perjuicio de mujeres, principalmente de nacionalidad venezolana.

Ambos cumplen medida cautelar de prisión preventiva en la Penitenciaría Nacional de La Victoria y el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal, donde, igualmente, deberán cumplir sus respectivas condenas.

 El caso

Según el expediente, Jarvis Guerra Rodríguez utilizaba el establecimiento que funcionaba en la avenida Núñez de Cáceres No.6, Distrito Nacional, para desarrollar actividades de trata de personas con fines de explotación sexual, en perjuicio especialmente de mujeres venezolanas.

Detalla que el hoy condenado facilitaba su traslado, daba acogida y explotaba sexualmente a las víctimas en el referido establecimiento, aprovechando sus condiciones de vulnerabilidad, con restricción de su libertad y utilizando coacción en su contra.

De manera particular, Guerra Rodríguez con la colaboración de Campusano Santos acogió varias venezolanas, luego de facilitar el traslado desde su país de origen, con la provisión de las cartas de invitación y tickets aéreos necesarios para ingresar a la República Dominicana.

La acusación también señala que Guerra Rodríguez valió de varios contactos en Venezuela, para captar a las mujeres, ofreciéndoles trabajar en una Disco-Bar, sirviendo tragos y haciendo que éstos compraran tragos, engañándolas durante este proceso al no informarles que en el lugar también tendrían que sostener relaciones sexuales con los clientes.

Etiquetas: JuezMinisterio PúblicoPenaSentenciatribunal
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