San Juan (Puerto Rico).- La Cámara de Representantes avaló este jueves el Proyecto de la Cámara 443, que enmienda el “Código de Incentivos de Puerto Rico” para eliminar el requisito de pauta, distribución o exhibición comercial al público en general fuera de la Isla, para los proyectos fílmicos que reciban estos estímulos.
La pieza, de la autoría del presidente cameral, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, excluye de este requerimiento a los trabajos locales que comprendan series en episodios, miniseries y programas de televisión de naturaleza similar, incluyendo pilotos y aquellos producidos para distribución digital y para proyectos de televisión, incluyendo, pero sin limitarlo, a programas de reality shows, entrevistas, noticiosos, programas de juegos, entretenimiento, comedia y aquellos dirigidos a niños y de variedad.
“La producción de contenido televisivo local es un componente crítico de la industria fílmica de Puerto Rico, pues de esta se derivan empleos a largo plazo que benefician a residentes de la Isla y genera una infraestructura permanente que utiliza recursos locales indirectos de una variedad de industrias”, expresó Méndez Núñez, en la exposición de motivos de la pieza durante lau Sesión Ordinaria.
Enfatizó que la aplicación de estos incentivos “es la manera de atraer, incrementar y mantener la producción televisiva”, ya que ayudan a recobrar el alto costo que estas producciones conllevan, lo que produce, por otro lado, mayores niveles de inversión hacia la economía y fomenta un despunte de esta industria.
Igualmente, se aprobó el Proyecto de la Cámara 1103, del vicepresidente cameral, Ángel Peña Ramírez, y de Méndez Núñez, a los fines atemperar las regulaciones bancarias para los negocios relacionados al cannabis medicinal al resto de las jurisdicciones de los Estados Unidos y el gobierno federal.
La propuesta enmienda la “Ley para la Implantación del Plan de Reorganización de la Industria del Cannabis Medicinal de Puerto Rico” del 2017, equiparando a Puerto Rico con otras jurisdicciones de los Estados Unidos y con la normativa federal relacionado al uso de la banca para esta actividad económica.
Según la exposición de motivos de la pieza, “un reto significativo que ha enfrentado esta industria, y el gobierno para regular y fiscalizar esta actividad, son las transacciones comerciales altamente dependiente en el uso de efectivo”.
“Actualmente, 42 jurisdicciones han legalizado alguna forma de cannabis medicinal, aunque continúa siendo una sustancia ilegal a nivel federal. Ante esto, los bancos enfrentan desafíos al ofrecer servicios bancarios a empresas autorizadas por las relacionadas con el cannabis medicinal”.
Con la aprobación de esta ley, las instituciones financieras, reguladas por la Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC por sus siglas en inglés) o no, que deseen ofrecer servicios a los negocios relacionados al cannabis medicinal, así lo podrán hacer.
También se favoreció el Proyecto de la Cámara 314, del representante Ramón Torres Cruz, con el fin de que el Plan de Prevención, Acción y Mitigación de Incidentes de Tiradores Activos, aprobado por ley para estos eventos en instalaciones públicas y docentes en Puerto Rico, se implemente de manera obligatoria en todas las agencias y corporaciones del gobierno de Puerto Rico, así como en municipios y entidades privadas.
La ley que da paso a este plan ordena al Departamento del Estado, junto a la Policía de Puerto Rico, los departamentos de Seguridad Pública, de Educación y de la Familia, entre otras agencias y corporaciones, a desarrollar dicho programa en un término de 12 meses de la vigencia de esta disposición.
A través de esta medida se instrumenta la intención de la ley para que todos estos esfuerzos colaborativos se apliquen no solo en el Gobierno de Puerto Rico, sino a los municipios e instituciones privadas.








