San Juan (Puerto Rico).- El pleno de la Cámara de Representantes aprobó este jueves un proyecto de ley que prohibiría la transmisión en vivo de vistas judiciales celebradas con antelación al juicio, luego de que la medida sufriera enmiendas durante el trámite legislativo para ampliar las limitaciones de la difusión audiovisual en los tribunales.
El lenguaje del Proyecto de la Cámara 1211, de la autoría del representante Gabriel Rodríguez Aguiló, fue modificado para también restringir la publicación, por cualquier medio, de audios e imágenes de las vistas de causa probable para arresto –conocidas como Regla 6– y las vistas preliminares.
La legislación recibió un informe positivo del presidente de la Comisión de lo Jurídico, José “Che” Pérez Cordero, quien recomendó su aprobación bajo el argumento de que la publicidad excesiva de casos criminales recientes ha vulnerado los derechos constitucionales de los imputados sobre la presunción de inocencia y la imparcialidad del proceso penal.
“No podemos crear un derecho constitucional a la libertad de prensa afectando el derecho a un juicio justo, rápido e imparcial, y afectando lo que en muchas ocasiones hablamos en reiteradas circunstancias: la presunción de inocencia que le asiste a cualquier imputado de delito”, señaló Pérez Cordero, coautor del proyecto, al abrir el debate de la medida en el hemiciclo.
Durante el proceso de vistas públicas, las organizaciones de prensa señalaron que el Reglamento del Programa de Cobertura Electrónica y Difusión de Procesos Judiciales (PROCEDI) ya permite a los tribunales autorizar, limitar o suspender la cobertura electrónica según las circunstancias de cada caso.
Asimismo, expresaron preocupación por el alcance de la expresión “por cualquier medio” y por la posibilidad de que la prohibición repercuta sobre publicaciones escritas y otras formas de cobertura periodística en tiempo real. Sin embargo, el representante Rodríguez Aguiló enfatizó que la legislación no impedirá el acceso a la prensa durante las vistas con antelación al juicio y tampoco impedirá las transmisiones del juicio en su fondo.
Señaló que la pieza legislativa tiene la intención de salvaguardar la integridad y seguridad de las víctimas, testigos y hasta de los funcionarios del tribunal. Asimismo, el legislador indicó que el proyecto responde “al cúmulo de situaciones que hemos visto” por la publicidad excesiva de ciertos casos penales.
“En la calle, en la cooperativa, el banco, el puesto de gasolina… se adjudica una posición. Usualmente es en contra del imputado, y justamente eso es lo que queremos evitar: que en ese proceso preliminar no se juzgue”, manifestó Rodríguez Aguiló. “Cuando llegue el juicio en su fondo, cuando ya se han seleccionado los jurados, que se presente públicamente todo el juicio”.
El representante Héctor Ferrer Santiago presentó enmiendas en sala para que la prohibición no sea aplicada en casos criminales relacionados a corrupción, pero la moción fue derrotada por la mayoría parlamentaria. La medida recibió 44 votos a favor y ocho en contra de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD).
Otra de las medidas que el cuerpo legislativo avaló de manera unánime fue el Proyecto de la Cámara 1447, que busca prohibir la cobertura electrónica de las vistas celebradas para resolver determinaciones preliminares sobre la admisibilidad de evidencia. La propuesta legislativa del representante Pérez Cordero enmendaría la Regla 109 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico para evitar la difusión audiovisual de evidencia cuya admisibilidad aún no ha sido determinada por el tribunal.
En un turno sobre la legislación, Pérez Cordero opinó que, a pesar de las previsiones en sala y las instrucciones del tribunal, el jurado está expuesto a ser contaminado con una prueba que no necesariamente será admitida por el tribunal como consecuencia de las transmisiones en vivo.
“Quiero dejar claro para el récord que estas enmiendas son muy puntuales y que no van dirigidas a evitar que se transmita el proceso del juicio”, manifestó el legislador. “La transparencia es importante, pero los derechos constitucionales de cada uno de nosotros como individuos también lo es”, sostuvo.
De igual forma, el cuerpo legislativo apoyó el Proyecto de la Cámara 1343, presentado por la delegación del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), para reconocer la tortura infantil como una categoría independiente del maltrato infantil en la Ley 57-2023 y tipificarla como delito.









