Santo Domingo (República Dominicana).- El ex juez del Tribunal Constitucional, Hermógenes Acosta, advirtió que si el reglamento que elabore la Junta Central Electoral (JCE) para las candidaturas independientes no se ajusta al mandato de la sentencia TC-0788-24, el Tribunal Constitucional tendrá que pronunciar su nulidad.
Acosta asegura que la figura de las candidaturas independientes es importante para el sistema y obedece a un mandato de la Constitución, al tiempo que planteó que el reglamento es necesario, sobre todo, para regular una materia compleja porque las candidaturas independientes tienen muchos detalles y eso no se puede decir ni en la Constitución ni una ley adjetiva.
«Se necesita el reglamento que vea todos esos detalles», consideró Acosta, tras alertar de que se debe estar muy pendiente del contenido del mismo.
Afirmó que si el reglamento no se ajusta al mandato de la sentencia del TC, ocurrirá lo mismo que con los artículos 156 y 157 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, que fueron declarados inconstitucionales.
Observó que pierde su esencia y no tiene ningún objetivo, si para poder presentar una candidatura independiente se requiere que se genere una estructura similar a la de un partido político.
«Los reglamentos tienen sus limitaciones, es decir, el reglamento no puede, por ejemplo, decir cosas que la ley no dice, el reglamento tiene que limitarse a aclarar los diferentes aspectos de la ley con la única finalidad de facilitar su aplicación», manifestó el ex juez Acosta entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa «Esferas de Poder», que se transmite los domingos por RNN Canal 27.
Enfatizó que deben haber requisitos para las candidaturas independientes, como establece el TC y el reglamento que se haga al respecto deberá recogerlo, pero no pueden ser similares a los que se les exigen a los partidos políticos.
Acosta sostiene que no se trata pura y simplemente de reglamentar una ley, dado que la cuestión es más compleja, porque el reglamento tiene que ser respetuoso de las líneas trazadas por el TC, y señaló que cuando un tribunal, como el Constitucional, dicta una sentencia interpretativa de alguna manera ejerce una función muy parecida al legislador positivo, lo cual no se puede negar.
«Lo que ocurre es que en algunos casos eso es necesario porque si no se hace así y se opta por ejercer las competencias tradicionales y se anula, el daño que se causa con la anulación, en determinados casos, es mucho mayor que el daño que se causa cuando el Tribunal Constitucional mantiene la norma aunque cambia el contenido», agregó.
Comentó que el TC ha decidido una cuestión crucial para el sistema político, cuando se habla de las candidaturas independientes, que el constituyente del 2010 las consagró. Dijo que la figura de las candidaturas independientes no obedece a un capricho, sino que es una manera de recoger una necesidad que subyace en la sociedad.
«Para nadie es un secreto que el deterioro de los partidos políticos tradicionales es una realidad en América Latina y en Europa.
«La sentencia 788 del 2024 ha generado grandes debates, hay una parte de los constitucionalistas que no están de acuerdo y los partidos mayoritarios han manifestado su desacuerdo», comentó.
Acosta considera normal que ocurra porque el tema decidido por el TC es de mucha importancia para el sistema político, porque se está hablando de las candidaturas independientes, que existen en otros países, y destacó que dada la importancia y el contenido altamente político del tema era de esperarse que genere la reacción actual.