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Portada Destacadas

Ratifican prisión preventiva a capitán vinculado a red criminal

Se le vinculada a robo de más de 900 mil proyectiles

Redacción por Redacción
25 de marzo de 2026
en Destacadas, Nacionales
Tiempo de lectura: 3 minutos de lectura
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Santo Domingo (República Dominicana).- La jueza Patricia Padilla, del Distrito Nacional, ratificó la medida de coerción de prisión preventiva contra el capitán Nelson Valdez, quien formaba parte de una red criminal compuesta por agentes policiales que sustrajeron más de 900.000 proyectiles de la Policía Nacional.

A solicitud del Ministerio Público, la jueza dl Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional confirmó la medida impuesta a Valdez, quien dirigía el Depósito de Armas, Municiones y Pertrechos del cuerpo del orden al momento en que la organización criminal fue desmantelada tras la puesta en marcha de la Operación Pandora en noviembre de 2024.

El grupo criminal es acusado de integrar un entramado de corrupción que desfalcó al Estado con 92 millones 191 mil 732 pesos y 92 centavos, a través de la sustracción de 836 mil 970 municiones y 645 pertrechos que se encontraban bajo custodia de la Intendencia de Armas de la Policía Nacional durante la gestión del coronel Narciso Antonio Feliz Romero, quien cumple prisión preventiva por su vinculación al caso.

El expediente también involucra a Víctor Manuel Santos Rodríguez, Ángel Rubiel Martínez Bacilio, Juan Luis Díaz Medina, Juan Miguel Soler Pérez, Morelbin Medina Pérez, Marino Antonio Rodríguez Toribio y Miguelina Bello Segura, quienes cumplen distintas medidas de coerción.

La procuradora fiscal Rosa Ysabel detalló que como solicitó el Ministerio Público la medida fue confirmada a Nelson Valdez porque no han variado los presupuestos que dieron origen a la misma.

Con relación al caso, dijo que “se le acusa de la sustracción de casi un millón de municiones, entre ellas municiones de alto calibre, de guerra y que fueron vendidas a militares y civiles”.

Asimismo, la fiscal Rosa Ysabel y Jhensy Víctor, representantes del órgano acusador, informaron que el tribunal presidido por la jueza Padilla, aprobó la solicitud de dejar sin efecto la revisión obligatoria contra Narciso Feliz, Juan Soler y Morelbin Medina, “en virtud de que a los mismos se le había conocido la apelación el pasado 12 de febrero, en la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional”.

Narciso Feliz, Juan Soler, Nelson Valdez y Morelbin Medina, cumplen la medida de coerción impuesta en el Centro de Privación de Libertad (CPL) de La Victoria.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) acusa, con la Operación Pandora, a 11 personas físicas de la sustracción y venta ilícita de más de 900.000 proyectiles, armas y explosivos de la institución.

La audiencia preliminar para la presentación de la acusación y los elementos de prueba que la sustentan, está pautada para el 14 de abril del año 2026, ante el Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

Según la investigación, los imputados participaron de manera directa en las maniobras ilícitas para distraer bienes propiedad de la Policía Nacional para luego proceder a comercializarlos de manera ilícita y obtener beneficios económicos de estas ventas en detrimento del Estado dominicano.

El Ministerio Público califica estas conductas como violaciones a los artículos 123 y 124 que sancionan la coalición de funcionarios, 166 y 167 que tipifican la prevaricación, artículos 171 y 172 sobre desfalco, artículos 265 y 266 que castigan la asociación de malhechores del Código Penal dominicano, los artículos 66, 67, 68, 70, 73 y 78 de la ley núm. 631-16, que castigan la tenencia y porte ilegal de armas, municiones, explosivos y sus accesorios.

También, tráfico ilícito, el delito de tenencia y uso de armas de la Policía Nacional, la legitimación de capitales provenientes del tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y sus accesorios y otros materiales relacionados, la alteración, falsificación, sustracción y ocultamiento de pruebas, los artículos 2.11, 3.1, 3.2, 3.3, 7, 9.1, 9.2, 9.4, de la Ley núm. 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

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