Santo Domingo (República Dominicana).- El especialista en Derecho Constitucional y Administrativo, Manuel Fermín Cabral, advirtió que la mayoría «aplastante» que tiene el oficialismo en el Congreso Nacional pondría en entredicho cualquier intento de consenso que sea real y efectivamente legítimo para una reforma constitucional.
Fermín Cabral consideró que el presidente Luis Abinader no necesita de la oposición para realizar la reforma constitucional o cualquier otra que entienda y afirmó que con una reforma a la Carta Magna vuelve el fantasma de la duración del mandato presidencial, de la posibilidad de la reelección, porque «siempre el temor ha sido el tercer mandato consecutivo».
Recordó que una discusión sobre el particular se produjo en Colombia, a propósito de los debates que se dieron cuando el presidente Álvaro Uribe terminaba su segundo mandato, en que la Corte Constitucional emitió una decisión histórica estableciendo como antidemocrático el tercer período consecutivo del mandatario.
«La oposición tendrá que hacer su papel, ser una especie de muro de contención en la opinión pública, tratar de movilizar a la sociedad civil porque la verdad es que intentar frenar el Congreso, la Asamblea, resulta imposible», recalcó Fermín Cabral entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa «Esferas de Poder», que se transmite los domingos por RNN Canal 27.
Planteó que la idea de participar o no en diálogos donde se discutan las propuestas de cambios debe ser analizada porque se ha visto que en muchos casos no han servido sino para legitimar modificaciones con base a una supermayoría.
«Particularmente entiendo que no es innecesario someter al país a un estrés institucional, como conlleva hablar de una reforma constitucional y, sobre todo, hablar del tema de la duración del mandato del presidente, porque eso, insisto, es someter a la sociedad dominicana a un estrés total y absolutamente innecesario», argumentó.
El jurista considera que una vez reunida, luego de aprobada la convocatoria a través de la ley de necesidad de reforma de la Carta Magna, la Asamblea Nacional Revisora, pudiera desbordar el ámbito de la reforma y meterse en otros aspectos que no sean los que en principio estén debatidos.
Por otra parte, el experto en Derecho Constitucional y Administrativo afirmó que la sociedad dominicana debe abocarse a una discusión seria para establecer legalmente el voto obligatorio, y considera que la iniciativa de un voto obligatorio es plausible y viable, desde el punto de vista constitucional, pero se precisa de un abordaje legal para establecer sanciones e incentivar para que las personas ejerzan ese derecho.
«La sociedad dominicana debe abocarse a una discusión seria, primero técnica, desde el punto de vista constitucional y legal, y segundo, su viabilidad social y política», subrayó Fermín Cabral.
Entiende que, desde el punto de vista constitucional, votar es un derecho como se establece, pero también a la vez es un deber.
Fermín Cabral se mostró de acuerdo con que sean igualadas las consecuencias de la sanción de la abstención electoral a las cargas tributarias por incumplimiento de obligaciones fiscales de los ciudadanos que no ejerzan el derecho al voto.
De otra parte, el especialista en Derecho Constitucional y Administrativo aseveró que con el sistema de orden público interno existente, parecería difícil que las autoridades locales puedan admitir la validez de un matrimonio de personas del mismo género celebrado en el extranjero.
Sin embargo, dijo que habría un buen argumento de la legislación actual en razón de que la Ley 541 así lo contiene, por lo que habría que hacer una interpretación de ese texto, por parte del Tribunal Constitucional, para intentar decir que sería inconstitucional.
Precisó que el texto como tal albergaría la posibilidad de que ese matrimonio surta efectos jurídicos en la República Dominicana.
«Es impensable que en República Dominicana pueda ocurrir un matrimonio entre dos personas del mismo sexo, la discusión se da del matrimonio que pueda darse en el extranjero porque ahí los juristas tienen que ver la ley de derecho internacional privado», acotó
Fermín Cabral, al observar que la ley establece que el tema de la capacidad para contraer matrimonio se rige por el domicilio del individuo.