Santo Domingo (República Dominicana).- La Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género del Distrito Nacional informó que este jueves 18 se le conocerá medida de coerción al exdirigente político Luis Inchausti Rivera, acusado de violencia física, verbal y psicológica en contra de una expareja.
La magistrada Belkis René Rodríguez, coordinadora de la citada unidad, informó que debido a que actualmente Inchausti Rivera es positivo a la Covid-19, fue trasladado al Batey Bienvenido, donde puede permanecer en aislamiento y bajo el seguimiento médico necesario.
Rodríguez explicó que el Ministerio Público solicita prisión preventiva para el imputado, ya que no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a estos y es reincidente en la comisión de delitos de violencia de género.
El exdirector de los Programas de Empleos Mínimos Eventuales (PEME) y la mujer víctima de la agresión mantuvieron una relación por casi siete años, tiempo en el que procrearon una hija que ahora tiene siete años de edad.
Además de prisión preventiva, solicitará a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional autorizar conversar con la niña a través del centro de entrevistas para personas en condición de vulnerabilidad, víctimas o testigo de delitos a través de circuito cerrado de televisión, Cámara Gesell u otro medio tecnológico.
Según el expediente presentado por el fiscal Héctor Enrique Sánchez Castillo, representante del Ministerio Público, el imputado Inchausti Rivera agredió verbal, física y psicológicamente a la víctima en presencia de la hija de ambos.
Testigos relataron al Ministerio Público que el hecho ocurrió a las 4:00 de la tarde del sábado 13 de febrero en una calle del sector de Piantini, del Distrito Nacional.
Entre los declarantes se encuentra la hija mayor de la víctima, quien aseguró que no es la primera vez que Inchausti Rivera abusa contra su expareja.
“En mayo de 2018 la agredió físicamente tomándola por los cabellos y estrellándola contra la pared”, declaró al Ministerio Público.
A este hecho, el órgano de la persecución penal le ha otorgado la calificación jurídica de violación a los artículos 309-1 309-2 y 309-3 literal (d) y (e) del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia Intrafamiliar y de Género.
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