Azua (República Dominicana).- Los jueces Camilo Segura Piña, Adelaida Luciano e Idaisa Medina Estepan, del tribunal de este distrito judicial, condenaron a 10 años de prisión a un hombre por violar a una menor de 14 años de edad.
Los jueces Segura Piña, Luciano y Medina Estepan, acogieron las pruebas presentadas por el Ministerio Público en contra de Franklin Antonio Ciprian Matos, quien deberá cumplir la pena en la cárcel pública 19 de marzo de esta provincia.
Representado por el fiscal litigante Rodolfo Elpidio Vizcaíno Germán, el Ministerio Público sustentó durante el juicio la acusación contra el procesado, consistente en violación al Código Penal, que sanciona la agresión sexual, amenaza y violencia, y a la Ley 136-03, del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
El 19 de marzo de 2021, la víctima le contó a su madre que el adulto la había abusado sexualmente en varias ocasiones y que además la amenazaba de muerte para que no hablara.
Por otra parte, el Primer Tribunal Colegiado de Santiago, sentenció a de 20 años de cárcel a Kelvin Rafael Cruz, quien arrolló con un vehículo a Freddy Helena Lantigua, y luego lo golpeó con un palo hasta provocarle la muerte, en un hecho ocurrido en el sector El Embrujo III.
Además de imponer la sanción a Cruz, los jueces Juan Carlos Colón, Sergio Augusto Furcal y Claribel Mateo, lo condenaron a pagar dos millones de pesos de indemnización y las costas del proceso.
Las pericias y diligencias de investigación del Ministerio Público se iniciaron tras el levantamiento de la escena del crimen donde Cruz, a bordo de un carro Hyundai Sonata, impactó a Helena Lantigua.
Los hechos, según narró ante el tribunal la litigante del Ministerio Público, Jenniffer Rodríguez, tuvieron origen en la herida con arma blanca que la víctima le había producido a José Miguel Morales, cuando intentó atracarlo y arrebatarle un teléfono celular.
Al percatarse del atraco, varias personas corrieron detrás de Helena Lantigua tratando de evitar que huyera. En ese momento, Cruz intervino arrollándolo con su vehículo y luego se desmontó y continuó golpeándolo con un palo; a seguidas, huyó del lugar dejándolo ensangrentado e inconsciente.
Las pruebas materiales, documentales y testimoniales recabadas por el Ministerio Público demostraron que el procesado golpeó a Helena Lantigua a pesar de la advertencia de varios de los presentes que le decían “no le des así, que lo vas a matar”.
La víctima fue auxiliada por paramédicos del Sistema Nacional de Emergencias y Seguridad 911, quienes lo trasladaron al Hospital Regional José María Cabral y Báez, donde falleció tres días después a causa de un “edema y hemorragia cerebral por trauma contuso craneoencefálico severo”.
El Ministerio Público acusó a Cruz de violentar los artículos 295 y 304 del Código Penal, que tipifican y sancionan el homicidio voluntario.
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