Santo Domingo (República Dominicana).- El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Alexis Jiménez, aclaró este jueves que el delito de corrupción, tipificado en la modificación aprobada al Código Penal, puede implicar sanción de hasta 60 años de cárcel, dependiendo del ilícito en el que incurra el infractor.
Jiménez dijo que son varios los artículos que contiene el Código Penal en lo relacionada a las sanciones a los implicados en casos de corrupción administrativa.
El legislador reaccionó de esa manera a las expresiones del vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, de que la modificación que se hizo al Código Penal establece penas blandas para la corrupción y citó que el artículo 303 del proyecto de ley contempla que se castiguen con penas de 2 a 3 años los delitos simples por ese delito.
Ese planteamiento fue rechazado por Jiménez.
“En el tema de la corrupción, el que cometa un ilícito penal va a tener en el menor de los casos 21 años de prisión, en el mayor de los casos va a estar entre 53 a 60 años, porque hay cúmulo de penas, son infracciones reales y dentro de ese capítulo, para haber corrupción tiene que haber la concusión y cuando se da concusión se da malversación de fondos, enriquecimiento ilícito y el cohecho activo”, explicó el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados en un comunicado.
Jiménez precisó que el artículo 303, que habla sobre la corrupción, no se configura solo y enfatizó que para haber corrupción tiene que haber un cohecho activo o un tráfico de influencia, enriquecimiento ilícito o malversaciones de fondos, por lo cual planteó que cada uno de esos ilícitos conllevan sanciones que van de cuatro a diez años de prisión.
Además citó el caso del robo, delito que empieza con sanciones leves y luego continúa con castigos más fuertes.
“En el caso del robo, el primero es el robo normal, el segundo es el robo agravado, el tercero es el robo con violencia y asesinato y eso es así, eso pasa en todos los artículos del Código”, agregó Jiménez.
Además, Jiménez resaltó que se dio aquiescencia a la Comisión de Justicia para que hiciera algunas modificaciones, las cuales no se pudieron realizar el mismo día de la aprobación por el ambiente existente en el hemiciclo.
Jiménez destacó que en los próximos 15 días la Comisión de Justicia recibirá las opiniones de los legisladores, de organizaciones y personas interesadas.
La primera semana será para escuchar a los diputados y diputadas y la segunda para oír a las asociaciones e instituciones que tengan que ver con la justicia o particulares, de manera que todo el que quiera pueda expresarse.
“El informe aprobado por la comisión, que ya es lo que aprueba el hemiciclo, fue enviado a la Comisión de Justicia con un plazo de 15 días, por lo que tendremos las próximas dos semanas para hacer modificaciones y después vuelve para segunda lectura y de ahí al Senado”, concluyó Alexis Jiménez en un comunicado enviado por la Cámara de Diputados.
Los hechos que forman el cúmulo de penas para sancionar la corrupción en el Código Penal, aprobado por la Cámara de Diputados en primera lectura se abordan en los artículos siguientes:
. Artículo 303: Corrupción igual a 1 a 3 años
. Artículo 306: Concusión igual a 4 a 10 años
. Artículo 309: Cohecho activo igual a 4 a 10 años
. Artículo 312: Malversación de fondos públicos igual a 4 a 10 años
. Artículo 314: Enriquecimiento ilícito, igual a 4 a 10 años
. Artículo 315: Conflictos de intereses, igual a 4 a 10 años
. En el menor de los casos 21 años
. En el mayor 53 años y puede llegar a los 60 años.
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