Santo Domingo (República Dominicana).-Un tribunal del Distrito Nacional impuso medidas de coerción el comunicador Jhossan Capell, imputado de inferir golpes y heridas voluntarias a otro ciudadano en un hecho ocurrido en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva el pasado 27 de abril de 2026.
Capell, imputado de agredir físicamente a José Luis Custodio Peña, deberá presentar una garantía económica, mediante contrato, de RD$300,000, y presentarse de manera periódica ante el Ministerio Público los días 30 de cada mes.
El Ministerio Público había solicitado a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional la imposición de prisión preventiva contra Capell de Castro, arrestado mediante una orden judicial emitida por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional.
La solicitud de medida de coerción fue presentada por la fiscal investigadora Yesenia Hernández, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios) del Distrito Nacional, ante el juez Rigoberto Sena.
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió aproximadamente a las 10:30 de la mañana en el patio interno del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, mientras el imputado realizaba manifestaciones en defensa de los procesados por el caso Jet Set.
La investigación establece que la víctima, José Luis Custodio Peña, cuyo hijo falleció en el desplome del techo del centro de diversión Jet Set en abril de 2025, intervino para expresar su desacuerdo con dichas manifestaciones, momento en que el imputado se aproximó y le propinó una bofetada en el rostro, impactándolo en el área del ojo derecho y la nariz.
Como consecuencia de la agresión, la víctima presentó dolor en el puente nasal y oído derecho, visión borrosa en el ojo derecho y tinnitus en el oído derecho, quedando bajo seguimiento médico especializado en oftalmología y otorrinolaringología.
El Ministerio Público establece que el hecho fue presenciado por varias personas y quedó captado en videos de cámaras de vigilancia y de medios de comunicación presentes en el lugar.
El órgano acusador otorgó al caso la calificación jurídica provisional de violación al artículo 309 del Código Penal Dominicano.







