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Portada Nacionales

TSE rechaza solicitud de imposición de medida cautelar contra Partido Humanista Dominicano

Redacción por Redacción
11 de diciembre de 2025
en Nacionales
Tiempo de lectura: 2 minutos de lectura
TSE aplaza audiencia impugnación asignación escaños Comité Político del PLD
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Santo Domingo (República Dominicana) – El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de imposición de medida cautelar al Partido Humanista Dominicano (PHD) y fijó para el 16 de diciembre el conocimiento del fondo de la demanda en impugnación de asamblea celebrada el 9 de noviembre de 2025, por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Humanista Dominicano (PHD).

“Rechaza en cuanto al fondo la medida cautelar solicitada en el curso del expediente TSE-01-0031-2025, por no configurarse concomitantemente los presupuestos del artículo 160 de Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales”, indica la decisión adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual

Camacho Hidalgo, juez presidente; los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz; Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García.

El artículo 160 del Reglamento Contencioso Electoral se refiere a los presupuestos para otorgar medidas cautelares e indica que “los órganos contenciosos electorales pueden adoptar las medidas cautelares cuando concurran los siguientes presupuestos: 1) Cuando se acredite de forma fehaciente la verosimilitud del derecho invocado por el peticionante de la medida cautelar; 2) Cuando se verifique un perjuicio o daño inminente de difícil o imposible reparación que impidiere o dificultare la efectividad de la tutela que pudiera otorgarse en la sentencia definitiva; 3) Cuando se verifique la identidad entre el objeto de la pretensión cautelar y la acción de fondo”.

La representación legal de los señores Eléxido Paula y Julián Burgos Bonilla, en calidad de partes demandantes, había solicitado disponer, como medida cautelar, la suspensión inmediata de los efectos del acta y de las decisiones adoptadas durante la reunión del 9 de noviembre de 2025.

La Alta Corte ordenó que la Ordenanza sea notificada a las partes, vía Secretaría, y publicada en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral y en el Boletín Contencioso Electoral, para los fines correspondientes.

La demanda fue interpuesta el 20 de noviembre de 2025 por Eléxido Paula y Julián Burgos Bonilla contra la asamblea celebrada el 9 de noviembre de 2025 por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Humanista Dominicano (PHD).

Respecto al fondo del proceso, el Tribunal acogió la solicitud de la parte impugnada relativa al aplazamiento de la audiencia, y ordenó una comunicación recíproca de documentos en relación con la parte principal del expediente, fijando el conocimiento del fondo del proceso para el día martes 16 del año en curso.

Etiquetas: Partido Humanista DominicanoTribunal Superior Electoral
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