Santo Domingo (República Dominicana).- La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó al Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) corregir el padrón de la institución donde el comunicador Rafael Polanco Peralta figura como fallecido, y reconoce su condición como miembro fundador la organización periodística.
Polanco Peralta interpuso el recurso de amparo en julio de 2021 al acusar a la directiva del CDP, encabezada entonces por Mercedes Castillo, de impedir su candidatura en las elecciones fijadas del 27 de agosto de 2021, al sacarlo del padrón de electores, para luego restituirlo, pero como fallecido.
La sentencia de la Tercera Sala del TSA fue emitida por las tres magistradas que integran el tribunal, encabezadas por la jueza Luisa del Carmen Canaán, mientras que los derechos del comunicador fueron defendidos por las abogadas Heidy Mariñez y Cristina Encarnación.
Las magistradas ordenaron en su fallo al CDP que corrija el «error» de haber quitado al accionante de la lista de miembros, pues se pudo comprobar la membresía del veterano comunicador, así como los títulos y acreditaciones como profesional y establecieron que jamás renunció al gremio, como afirmaba la parte accionada.
Asimismo, el tribunal estableció que Polanco Peralta aparece en el padrón de electores con el número 3271 e inscrito con la matrícula número P18, pero figura como «fallecido».
Polanco Peralta recordó que tan pronto un grupo de periodistas anunció que competiría en las elecciones generales del CDP en junio pasado, en una plancha que encabezaría, Castillo argumentó que no podía ser inscrito en ninguna plancha ya que no era miembro del CDP.
Castillo adujo entonces que «por voluntad propia» Polanco Peralta había decidido salir de la entidad y que por eso no pertenecía a la misma, ni podía participar en sus elecciones, «olvidando que el Comité Ejecutivo lo designó en 2012 en una comisión que fue ratificada en una asamblea, para el fortalecimiento institucional del CDP y la presentación de un proyecto de modificación de Ley 10-91, sobre la colegiación de los periodistas».
Para contrarrestar la actuación en su contra, el periodista interpuso la acción de amparo para que se le restituyera su condición de miembro y se le permitiera participar en las actividades electivas del CDP, señalando que nunca renunció, no fue expulsado y tampoco ha fallecido, reclamando se le entregara su carnet como miembro fundador.
En otra parte de la sentencia, el TSA rechazó una astreinte solicitada por Polanco Peralta, consistente en el pago de 20.000 pesos diarios por cada día de retardo del CDP en restituirlo como miembro del CDP. Sus abogados consideran la posibilidad de demandar a quienes negaron su derecho a ser candidato en los pasados comicios del gremio.
Polanco Peralta, con 49 años de ejercicio periodístico y más de 45 de militancia, primero en el Sindicato Nacional de Periodistas Profesionales (SNPP) y desde 1983 en el CDP, gremio en el que se desempeñó como secretario general, comisario de cuentas y candidato a presidir el CDP en 1991, criticó que esos antecedentes fueron ignorados por las entonces presidenta del Colegio, Mercedes Castillo y algunos miembros de la directiva, «con la complicidad de los miembros de la Comisión Nacional Electoral, encabezados por Luis Pérez e integrada por Wilfredo Medina, Ramón Puello, Nuris Paulino y Elsa Bello».
Recordó que en el pasado proceso electoral del CDP, la comisión electoral admitió las candidaturas de la plancha Transformación y Ética, pero luego la rechazó vulnerando no solo su derecho, sino también de los otros 24 miembros del equipo que le acompañaba, pese a que se les cobraron miles de pesos de cuotas para la inscripción de los candidatos, pero luego se les impidió competir frente a las otras dos planchas.
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