Santo Domingo (República Dominicana).- El Senado aprobó este martes, en segunda lectura, el Código Penal de la República Dominicana, que contiene 419 artículos, incluyendo más de 90 nuevos tipos penales.
La pieza será remitida a la Cámara de Diputados.
El nuevo Código Penal presenta como aspectos novedosos el cúmulo de penas, con sanciones de hasta 60 años de prisión; así como condenas por feminicidio, daños con sustancias químicas, violencia intrafamiliar, corrupción, sicariato, genocidio, la actividad sexual no consentida, el acoso, hostigamiento o bullying, entre otros.
Este instrumento jurídico penal de 122 páginas, que fue aprobado con una votación de 24 de los 29 senadores presentes, también abarca nuevas sanciones por tortura o actos de barbarie, sobrevaluación ilegal de servicios, quebrantamiento ilegal de protección, el arresto ilegal o encierro, falsificación de medicamentos, la bigamia, entre otros.
Con la reforma íntegra del Código Penal se dota a la República Dominicana de un ordenamiento jurídico moderno que recoge las tendencias penológicas mundiales, en la cual se desarrollan técnicas punitivas que permitan satisfacer las nuevas políticas de seguridad y control, que aumenten la seguridad jurídica, disminuyan los riesgos de impunidad y consoliden el cumplimiento normativo, respondiendo a los compromisos estatales para combatir la criminalidad.
El objetivo de la pieza es garantizar la protección efectiva de los derechos de las personas, resguardo de los bienes jurídicos, a los fines de asegurar las libertades fundamentales, la convivencia, la paz social y su desarrollo progresivo derivadas de la correcta identificación de las conductas sociales perniciosas en perjuicio del Estado y los particulares, así como las sanciones idóneas para su corrección en aras de asegurar la justa reparación a las víctimas, la reeducación y la reinserción social de los condenados.
El proyecto de Ley es iniciativa de los senadores Ramón Rogelio Genao (La Vega); Eddy Nolasco (Valverde); Milcíades Franjul (Peravia); Cristóbal Castillo (Hato Mayor); Virgilio Cedano (La Altagracia); Félix Bautista (San Juan), y Dionis Sánchez (Pedernales).
Durante el estudio del Código Penal los miembros de la comisión bicameral se reunieron con diferentes instituciones, juristas, representantes de la iglesia y los distintos sectores de la sociedad civil, de quienes escucharon sus propuestas en torno a la reforma íntegra de la pieza.
De acuerdo con el Senado, luego de un minucioso y profundo estudio de extensas jornadas de trabajo, los legisladores comisionados rindieron un informe favorable al Pleno Senatorial el 9 de noviembre, cuando aprobaron en primera lectura el Código Penal, el cual se conoció de manera íntegra en segunda lectura durante tres sesiones.
El vicepresidente del Senado y presidente de la comisión bicameral, Santiago José Zorrilla, dirigió el proceso de análisis del Código Penal, que se llevó a cabo en el Salón Polivalente, ubicado en la cuarta planta del Senado de la República.
El Código Penal detalla en el artículo 87 sobre el genocidio, que quienes cometen este delito, con la finalidad de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial, religioso o caracterizado por la discapacidad de sus integrantes, recibirá una pena de 30 a 40 años de prisión mayor.
El feminicidio, contemplado en el artículo 97, y considerado como el atentado contra la vida, que causa la muerte de una mujer en razón de su género, independientemente de la edad, relación de pareja, sin importar el lugar donde ocurra, conlleva una sanción con pena de 30 a 40 años de prisión mayor y multa de 50 mil salarios mínimos del sector público.
El Código Penal observa en el artículo 121 el hostigamiento e intimidación o “bullying”, será sancionado con medidas socioeducativas determinadas por la autoridad competente. Si el agresor es mayor de edad será sancionado con quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público. En caso de reincidencia, la sanción es de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.
El daño con sustancias químicas se define en el artículo 108 y establece que será sancionado con diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público. Además, será sancionada de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público, si causa a la víctima algún daño, lesión o incapacidad permanente, mutilación o desfiguración.
Sobre violencia doméstica o intrafamiliar, el Código Penal establece penas desde cuatro a 40 años de prisión. Mientras que en el artículo 135 sobre la actividad sexual no consentida impone sanciones de 4 a 10 años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público en los diferentes casos.
El artículo 306, acerca de la corrupción, contempla sanciones de dos a 20 años de prisión mayor e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de hasta 30 años.
La Comisión Bicameral que estudió el Código Penal estuvo encabezada por el vicepresidente del Senado, Santiago José Zorrilla, y la integraban Dionis Sánchez, Faride Raful, Aris Yván Lorenzo, Antonio Taveras Guzmán, Franklin Romero, Virgilio Cedano, Pedro Catrain y Ramón Rogelio Genao.
Por la Cámara de Diputados integraron la comisión bicameral, Alexis Jiménez, vicepresidente de la comisión; Ramón Mayobanex Martínez Durán, Omar Fernández, Jesús Sánchez Martínez, Luis Sánchez Rosario, Sadoky Duarte, Darío de Jesús Zapata, Eugenio Cedeño, Santiago Vilorio, Rafaela Alburquerque, Víctor Manuel Fadul, Plutarco Pérez, Víctor Suárez, Pedro Botello, José Horacio Rodríguez, Mateo Espaillat Tavárez, Elías Wessin Chávez y Fior Daliza Peguero.
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