El 22 de febrero de 2017, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con la finalidad de poner fin al caos en ese sector. Con esa reglamentación nace el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Fue creada para recuperar el orden que desde hace décadas ha sido anarquizado por los conductores imprudentes, altaneros, irrespetuosos y soberbios, que circulan por las calles y autopistas del país imponiendo el caos.
Sin embargo, el Intrant no ha podido controlar la anarquía que registra el transporte, que a diario termina en tragedias con balances de muertos y heridos por montones.
Esa ley es drástica, pero existen factores que impiden la correcta aplicación cuando las autoridades encargadas de implementarlas son bloqueadas e intimidadas a causa del tráfico de influencia, la intervención de políticos, funcionarios o militares de altos rangos, a quienes recurren los infractores.
Estos irresponsables ciudadanos han impuesto sus propias normas, pues conducen a alta velocidad, rebasan en forma temeraria, vulneran alegremente la luz roja, se estacionan sobre el cruce asignado a los peatones, se paran a conversar en forma paralela en plena calle, impidiendo así los derechos de los demás pilotos a transitar sin obstáculos, y se transforman en demonios, agresivos y violentos, cuando un agente del tránsito intenta imponerles una multa, llegando al extremo de insultar y agredir a trompadas a los uniformados.
Analizando esos comportamientos salvajes e irracionales, la lógica nos indica que estamos ante la presencia de una peligrosa anarquía que está llevando luto y dolor a los hogares nuestros. Es un fenómeno que trasciende a otros enclaves de la sociedad que, lamentablemente, confunden la democracia con el desorden.
Las autoridades se han dado cuenta de esa situación y decidieron aplicar mecanismos drásticos para adecentar el sistema de tránsito terrestre.
Por ejemplo, el artículo 227 de esa ley establece que “los conductores que circulen en zonas urbanas no harán uso de la bocina. Su uso será únicamente permitido cuando dicha alerta sea indispensable para evitar un accidente. En este nuevo marco jurídico, los toques de bocinas solo están permitidos en zonas rurales con poca visibilidad o cuando las características de las vías públicas y las circunstancias del tránsito lo ameriten para alertar sobre su presencia y garantizar la seguridad vial.
A quien se sorprenda violando esta disposición será sancionado con el pago de una multa equivalente a un salario mínimo del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos en la licencia que determine el reglamento.
La Ley 63-17 es dura y puede frenar el desorden en el tránsito terrestre, sobre todo en los casos de aquellos que circulan sin el cinturón de seguridad, sin luces, embriagados, con vehículos sobrecargados, sin licencia ni seguros ni botiquines o triángulos o bloqueando las vías en casos de emergencia.
Se impone, y no pararemos en reclamarlo, desarrollar una intensa campaña mediática de orientación a nivel nacional, asumiendo que todavía muchos dominicanos desconocen esta ley, sea porque no leen periódicos ni ven o no escuchan noticiarios. Por naturaleza, los conductores salvajes se han convertido auténticos y potenciales asesinos sobre ruedas, que debemos sacar de la calle.
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(El autor es periodista residente en Santo Domingo, República Dominicana).