San Juan, 26 dic (INS).- El gobernador Pedro R. Pierluisi convirtió hoy en ley 10 piezas legislativas, entre ellas el Proyecto del Senado 247, que establece la política pública del Estado en torno a la población de albinismo y el síndrome de Hermansky-Pudlak, ordena a la Administración de Seguros de Salud (ASES) y los planes de salud privados incluir en sus cubiertas especiales la condición de albinismo y los trastornos que puedan causarlo.
También, el Departamento de Salud (DS), mediante el sistema de vigilancia de defectos congénitos, deberá identificar y subdividir los tipos de albinismo para incluir el síndrome de Hermansky-Pudlak, que, según el portal de internet de la agencia, es un albinismo oculocutáneo que se caracteriza por poca o ninguna pigmentación en los ojos y en la piel y por sangrado prolongado debido problemas con las plaquetas.
El informe será sometido anualmente al Instituto de Estadísticas y a la asamblea legislativa.
Asimismo, mediante la nueva ley, la Oficina del Procurador del Paciente tendrá la facultad de intervenir y multar a quienes violen disposiciones legales, previa notificación y vista. Además, autoriza a la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) y al DS a aprobar la reglamentación necesaria para cumplir con los propósitos de ley.
En el plan de salud del gobierno, la cubierta especial incluirá servicios, pruebas y procedimientos médicamente necesarios de seguimiento por un oftalmólogo o dermatólogo para el manejo de la condición una vez establecido el diagnóstico.
En los casos de síndrome de Hermansky-Pudlak y Chediak-Higashi, se cubrirán también los servicios, prueba y procedimientos ofrecidos por un hematólogo. Igualmente, medicamentos prescritos por oftalmólogos, dermatólogos y en los casos del síndrome de Hermansky-Pudlak, aquellos prescritos por hematólogos, neumólogos para tratar condiciones o complicaciones en el manejo y prevención de complicaciones en esta población.
Asimismo, lentes y espejuelos especialmente prescritos para protección, prevención y mejora de la visión, según los parámetros de cantidad y costo de estos establecidos por el plan de Salud gubernamental, al igual que cremas de protección solar específicas para prevención de complicaciones por exposición a los rayos ultravioletas, entre otros servicios y medicamentos pertinentes.
Aparte, los médicos primarios o especialistas tendrán que referir a cada paciente recién nacido que visiblemente tenga albinismo a realizarse la prueba genética de HPS tipo 1, que deberá ser cubierta en su totalidad por el plan de salud del gobierno y por los planes privados.
Durante su análisis en la asamblea legislativa, el proyecto senatorial fue aprobado de manera unánime.
Intérpretes de señas
Mientras, con la firma del Proyecto de la Cámara 740, el gobernador enmendó la ley de igualdad de acceso a la información para los sordos en las campañas publicitarias del gobierno de Puerto Rico, para añadir una sección con la finalidad de obligar a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública que incluya intérpretes de señas en todos sus programas noticiosos.
Dicho profesional, a quien se le requiere contar con una certificación vigente que reconozca su peritaje, deberá estar visible en pantalla en todo momento, con tamaño y resolución adecuados, de modo que se puedan reconocer sus movimientos y expresiones faciales.
El primer ejecutivo también convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 1178, para enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito en Puerto Rico, en el renglón de requisitos de licencia, para aumentar de 120 a 180 los días de exención -desde su llegada- en el caso de un residente de Puerto Rico, o un estado o territorio de Estados Unidos que requiera una licencia permanente.
La enmienda, además, aplica para aumentar de 30 a 90 días la exención de licencia en el caso de un residente de un país extranjero.
Con la finalidad de ampliar la divulgación de la carta de derechos y obligaciones del ciclista y del conductor, el gobernador firmó el Proyecto de la Cámara 995 que enmienda el artículo 11.04 y deroga el artículo 11.06 de dicha ley, para incluir como medios de difusión las redes sociales, páginas de transmisión de vídeos en diferido o en tiempo real, aplicaciones de videotelefonía, servicios de teleconferencia y aplicaciones de dispositivos electrónicos inteligentes.
La ley aplica a las campañas de educación y orientación que realizan sobre este tema la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Policía de Puerto Rico y la Autoridad de Carreteras y Transportación.
También convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 770, para enmendar la Ley de la Junta Examinadora de Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico, en su artículo 17, para eliminar el requisito de presentar evidencia de haber tomado dos exámenes de reválida, en un período de cinco años, para la renovación de los certificados de los arquitectos en entrenamiento.
Además, tras la firma del Proyecto de la Cámara 817, se crea la Ley de Internados Justos de Puerto Rico, que establece política pública para promover que se brinden oportunidades a jóvenes universitarios para adquirir conocimiento y experiencia práctica durante sus años de estudios, de forma justa y razonable. Esta ley, además, los protege de cualquier explotación laboral o trabajo sin compensación económica.
El gobernador también firmó la Resolución Conjunta del Senado 247, para reasignar al municipio de Utuado 248,280.28 dólares para obras y mejoras permanentes. También, la Resolución Conjunta de la Cámara 353 que designa la carretera PR-159, en Corozal, con el nombre de José Julián Grana Rodríguez, y el Proyecto de la Cámara 1439, para que se conmemore el 5 de diciembre de cada año la memoria del exalcalde de Carolina, José Aponte de la Torre. INS
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