Santo Domingo (República Dominicana).- El presidente del partido Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, expresó su júbilo con la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que le otorga categoría de mayoritaria a esa organización política.
El TSA acogió un recurso presentado por la Fuerza del Pueblo y anuló una resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que establecía los criterios para entregar fondos del Estados a las organizaciones políticas en base a los porcentajes obtenidos en las pasadas elecciones.
“Con la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), acogiendo el recurso de Fuerza del Pueblo, se pasa del absurdo a la razón, se consolida la democracia, se fortalece el sistema de partidos políticos y se hace justicia. ¡Enhorabuena!”, escribió el expresidente Fernández en su cuenta de Twitter.
El delegado político de la Fuerza del Pueblo ante la JCE, Manuel Crespo, informó que como consecuencia de la resolución número 02-2021, del 17 de febrero de 2021, dictada en virtud del “Reglamento” número 01-2021, del 27 de enero de 2021, sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, por la JCE, la organización política, presentó un recurso contencioso administrativo, del cual se emitió sentencia el TSA, dando ganancia de la causa la Fuerza del Pueblo.
“Nuestros argumentos ante el tribunal fueron acogidos, pues lo que hemos planteado es el apego a un mandato constitucional, como lo es el Principio de Favorabilidad. Siempre sostuvimos que el artículo 61 de la Ley de Partidos Políticos, debía interpretarse de la manera más favorable, y eso es lo que ha ordenado el tribunal hoy, al anular la resolución de la Junta Central Electoral, le ordena a la misma que interprete en forma congruente con el principio de favorabilidad”, expresó Crespo en un comunicado.
Manifestó que la JCE falló en aplicar el principio de favorabilidad, con lo cual perjudicó a la Fuerza del Pueblo.
“En ocasión a la celebración de las elecciones del pasado 5 de julio del 2020, la Fuerza del Pueblo, en su candidatura presidencial, obtuvo 233,538 votos, lo cual constituye el 5.69% de los electores; sin embargo, con miras a la contribución económica estatal para los torneos electorales del 2024, la Junta Central Electoral impuso en su resolución, ahora anulada, que el criterio para determinar esa repartición sea la sumatoria de todos los votos válidos en los demás niveles en esas elecciones del 5 de julio del 2020, interpretación que supone que la FP pase de un 5.69% a un 4.54%, es decir, una disminución de 1.15%, una interpretación contraria al principio de favorabilidad, por lo cual hoy el tribunal acoge la acción de Fuerza del Pueblo”, precisó Crespo.
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