Santo Domingo (República Dominicana).- La Junta Central Electoral (JCE) emitió la proclama que declara abierto el período de campaña electoral para las elecciones presidenciales y congresuales del próximo 19 de mayo de este 2024.
Asimismo, dispuso el tope de gastos para las candidaturas y establece los límites de los montos de las contribuciones individuales realizadas por particulares a los candidatos y candidatas a los cargos de elección popular para las elecciones ordinarias generales de los niveles presidencial, senatorial y de diputaciones de mayo próximo.
En la disposición, amparada en el artículo 20 de la Ley de Régimen Electoral 20-23, el organismo electoral llamó a los partidos, agrupaciones, organizaciones políticas y la ciudadanía, a acudir a las urnas el 19 de mayo de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.
Por otra parte, la JCE dispuso en cuanto al tope de gastos, aportes individuales y presentación de informe de ingresos y desembolsos, que los/as candidatos/as concurrentes a las elecciones generales ordinarias presidenciales y congresuales del 19 de mayo de 2024, deberán someterse al régimen de tope de gastos y de aportes individuales establecidos en los artículos 217 y siguientes de la Ley número 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, por tanto, deberán realizar un informe de ingresos y egresos a través de la cual se identifique el origen de los recursos y forma de gasto de estos.
En cuantro a los registros de ingresos y desembolsos, señala que «todos los candidatos/as a cargos de elección popular para las elecciones generales ordinarias del 19 de mayo de 2024, deberán realizar los registros de todos los ingresos captados y desembolsos emitidos de sus operaciones durante el proceso de campaña electoral, mediante el Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE), habilitado para tales fines por la Junta Central Electoral».
Indicó que en torno a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos «deberán depositar en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la emisión de esta Resolución, el presupuesto general proyectado de los ingresos que captará y los gastos programados a ser ejecutados por la organización política durante el proceso electoral correspondiente».
«De igual manera depositarán también, el presupuesto proyectado de los ingresos que captará y los gastos programados a ser ejecutados por cada candidato/a; estas informaciones deberán ser reportadas a través del Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE), diseñado para facilitar el cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 218 de la Ley núm. 20-23, de fecha 17 de febrero 2023», agregó la JCE en su resolución.