Santo Domingo (República Dominicana).- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó este viernes la Resolución 64-2020 sobre el uso de medios de comunicación en el período electoral.
En la norma el organismo dispuso que los administradores y directores de los medios del Estado y bajo control estatal, deban garantizar la igualdad de acceso a los partidos políticos o alianzas de partidos con candidaturas del nivel presidencial aprobadas, así como la equidad en sus programaciones diarias y de manera especial en sus noticiarios.
En tal sentido, autorizó a que cada uno de los partidos o alianzas de partidos que tengan candidaturas aprobadas para las elecciones del 5 de julio de 2020, sean beneficiarios de los espacios gratuitos con 05 cuñas diarias de 60 segundos máximos cada una.
De la medida se beneficiarán los partidos PLD y aliados, PRM y aliados, PRSC y aliados, ALPAIS, PNVC y PDI, durante el período que transcurra hasta la medianoche del jueves 3 de julio de 2020.
Deben cumplir la disposición los canales de televisión CERTV, Canales 4 y 17; RNN, Canal 27; Frecuencias y Medios, Canal 57; y las dos frecuencias de Ondas y Medios (704-710 y 788-794 MHz).
Dicha disposición abarca también a las estaciones radiales citadas precedentemente en esta disposición.
Dispuso además que, en caso de que los partidos y alianzas de partidos beneficiarios de esta disposición requieran de espacios para la realización de programas o difusión de otras informaciones vinculadas al proceso electoral, de los medios de divulgación bajo la administración o control del Estado, tendrán previamente que solicitar autorización de la JCE.
Los anuncios o spots publicitarios a insertar dentro de la programación de los espacios cedidos y cualquier programa o información a colocar, deberá entregarse a la Dirección de Comunicaciones de la JCE, la cual deberá enviarlos al medio de difusión o divulgación en el menor tiempo posible.
Dispuso la distribución de horarios de manera aleatoria y rotativa entre los partidos y alianzas de partidos beneficiarios de manera que estos puedan promocionar sus mensajes y propuestas en distintos segmentos de la población de manera equitativa.
Además que el uso de estos espacios gratuitos no está sujeto a cesión ni transferencia de ningún tipo, por lo que el partido o alianza de partidos que permita el uso del mismo para un fin particular o comercial, o ajeno a la promoción de su candidatura, será privado inmediatamente del disfrute del mismo.
Dispuso también que, en relación con los medios de divulgación administrados o bajo el control privado, deban garantizar que todas las agrupaciones o partidos políticos disfruten de las mismas posibilidades en la utilización de esos medios de divulgación durante el período electoral.
Dispone que en casa de colocar publicidad pagada se haga a las tarifas acostumbradas, que no podrán ser mayores para la actividad política que las que se pagan por dichos espacios, servicios o instalaciones cuando se trate de asuntos comerciales, profesionales, personales o de cualquier otra índole.
Indicó que los días 2 y 3 de julio, hasta las doce horas (12:00 P.M.) de la noche, ningún partido, alianza o coalición de partidos, podrá acaparar la totalidad de las emisoras y estaciones de televisión y radio, sin permitir que los demás puedan divulgar sus mensajes.
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