San Juan (Puerto Rico).- Unidades y personal de la Guardia Costera del Sector San Juan, del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y la Policía de Puerto Rico, cancelaron el viernes el viaje de 10 embarcaciones con deficiencias de seguridad marítima en el puerto de San Juan, y en Fajardo, el sábado, ocho de las cuales realizaban operaciones ilegales de transporte de pasajeros por contrato.
“Durante el último año, las medidas de control de la Guardia Costera resultaron en la cancelación de 30 viajes de operaciones ilegales de transporte de pasajeros por contrato”, declaró el Comandante Matthew Romano, jefe de respuesta del Sector San Juan.
Romano dijo que valoran la colaboración entre la Estación de la Guardia Costera de San Juan, los Investigadores Marinos del Sector San Juan, los Investigadores Marinos de la Guardia Costera de Miami, el Servicio de Investigación de la Guardia Costera, las Operaciones Aéreas y Marinas del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos y las Fuerzas Unidas de Rápida Acción Rápida de la Policía de Puerto Rico, en este esfuerzo por garantizar que las embarcaciones operen legalmente con fines comerciales y en cumplimiento con las normas federales de seguridad marítima.
Las embarcaciones El Lindo, Hibiki, The Ivy, Mama Juana, Ohana 2, Master Blaster, Avante y Serenity fueron halladas realizando operaciones ilegales de transporte de pasajeros por contrato, dos de las cuales violaron órdenes federales previas del Capitán de Puerto (COTP). Las embarcaciones Tobias y Four Points solo recibieron multas por sus respectivas deficiencias en seguridad marítima.
La información sobre la infracción de una Orden COTP se detalla en 46 U.S.C. 70036, como sigue: El incumplimiento de una Orden del Capitán del Puerto se castiga con una multa civil de hasta $117,608 por cada día que la embarcación infrinja la orden. El incumplimiento intencional y consciente de una Orden del Capitán del Puerto constituye un delito grave de clase D, castigado con hasta seis años de prisión (18 U.S.C. 3581) o multas de hasta $250,000 para una persona o $500,000 para una organización.
Los propietarios y operadores de chárteres ilegales pueden enfrentar multas civiles máximas de $69,000 o más por operar ilegalmente embarcaciones de pasajeros por contrato. Algunas posibles multas civiles por operar ilegalmente una embarcación de pasajeros incluyen:
• Hasta $5,996 por no presentar un Certificado de Inspección de la Guardia Costera para embarcaciones que transporten más de seis pasajeros por contrato.
• Hasta $9,624 por no estar inscritos en un programa de drogas y alcohol.
• Hasta $20,468 por no presentar un Certificado de Documentación válido para embarcaciones de más de 5 toneladas brutas.
La Guardia Costera instó a cualquier persona que pague un viaje en una embarcación a verificar que su capitán tenga una credencial de marino mercante y cumpla con las medidas de seguridad, como tener suficientes chalecos salvavidas para quienes viajan a bordo.
Para embarcaciones de alquiler más grandes o que transporten más de seis pasajeros, solicite un certificado de inspección emitido por la Guardia Costera, además de las credenciales de marino mercante. Si el operador no puede presentar las credenciales apropiadas, los pasajeros no deben subir a la embarcación.








