San Juan (Puerto Rico).- La gobernadora Wanda Vázquez Garced convirtió en ley tres proyectos de administración que sometió y fueron aprobadas en la pasada Sesión Legislativa sobre feminicidio, trata humana y la Ley 54 sobre violencia de género.
La medida relacionada a los feminicidios fue para enmendar el Código Penal de Puerto Rico e incluir circunstancias adicionales bajo las cuales se entenderá cometido el asesinato en primer grado cuando la víctima es una mujer. Además, ordena al Departamento de Justicia, al Negociado de la Policía de Puerto Rico y al Instituto de Ciencias Forenses, a adoptar un protocolo de investigación de las muertes violentas de mujeres, que podrán utilizar como guía las recomendaciones del Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género, elaborado por la Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y/o cualquier otra guía reconocida sobre el particular.
Con el fin de tener datos precisos que permitan al Gobierno dirigir sus acciones, las agencias mencionadas y el Departamento de Salud, deberán trabajar en colaboración con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para establecer un sistema de compilación y manejo de datos estadísticos sobre las muertes violentas de mujeres en Puerto Rico. La información estadística será pública y deberá actualizarse mensualmente a partir de que se haya establecido el sistema de compilación de datos.
“Es importante que sepamos —como parte del protocolo— cómo, quién y por qué asesinan a nuestras mujeres”, precisó la gobernadora Vázquez Garced al afirmar que “eso es fundamental para poder dirigir esfuerzos, recursos y prevención”.
La nueva ley establece además que se constituye un asesinato en primer grado cuando la víctima es una mujer, a saber “que existan antecedentes penales de cualquier tipo de violencia doméstica o por acecho en contra de la víctima”.
Por otro lado, la recién firmada ley relacionada a la trata humana enmienda el Código Penal de Puerto Rico, a los fines insertar dos nuevos artículos para definir y tipificar la forma clara el delito de trata humana en sus distintas modalidades.
La medida establece que miles de personas son explotadas a diario con propósitos lucrativos, lo que se ha catalogado como esclavitud moderna. La trata humana es una actividad delictiva que atenta contra los derechos humanos más fundamentales de sus víctimas.
Ahora, el Código Penal se atempera para que las autoridades locales puedan procesar efectivamente el delito de trata humana en las cortes estatales. El Artículo 159 detallaría sobre “Trata Humana con fines de servidumbre involuntaria o esclavitud, y otros tipos de explotación” y el Artículo 160, sería “Trata Humana con fines de explotación sexual”.
La tercera ley es para enmendar la “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto” para la identificación en las peticiones presupuestarias de una partida para el cumplimiento con la política pública contra la violencia a las mujeres, que incluya programas de prevención, orientación, protección y seguridad, entre otras.
La Orden Ejecutiva 078-2020 incluyó un “Protocolo de acción para combatir la violencia hacia las mujeres”, que contiene las estrategias que implementará la Comisión Multisectorial contra la Violencia hacia la Mujer creada mediante dicha orden. Igualmente establece que, a partir del 1 de julio de 2021, cada agencia de gobierno tendrá la obligación de identificar en su presupuesto una partida específica en la cual solicitará la asignación de recursos para el cumplimiento con la política pública contra la violencia a las mujeres y tener disponibles los planes de ejecución de dicha política pública. De esta forma se previene que luego de comenzar un año fiscal alguna agencia levante el argumento que no cuenta con presupuesto para cumplir con el mandato de la ley.
Según informó La Fortaleza, las agencias deberán incluir programas de prevención, orientación, protección y seguridad, y se ordena a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) a fortalecer e institucionalizar las instancias a las que les corresponde tratar la violencia contra las mujeres y asegurar la sostenibilidad de la Comisión.
Dijo que en esa misma línea, la Orden Ejecutiva dispone que toda agencia que reciba fondos federales dirigidos al manejo de las situaciones de violencia contra las mujeres, tendrá un término de 90 días desde que recibió la notificación federal de la adjudicación de fondos para radicar la notificación de solicitud de propuestas, y luego 90 días para el análisis y otorgación de fondos a las entidades que sometieron propuestas.
“Con estas tres nuevas leyes validamos nuestro compromiso en visibilizar, atender y hacer esfuerzos para la prevención de estos delitos. El derecho a la dignidad es un derecho de todo ser humano y el respetar esa dignidad es una obligación de todo ser humano. De esta forma dejamos instituidas herramientas importantes, para que en Puerto Rico podamos erradicar tanto la violencia contra las mujeres como la trata humana, con acciones concretas y específicas”, agregó Vázquez Garced.
Al mismo tiempo, agradeció “a la Asamblea Legislativa por evaluar y aprobar estas medidas de administración, que van acorde lo que es nuestra política pública y a la Orden Ejecutiva emitida en octubre pasado, declarando servicios prioritarios la lucha contra la violencia hacia las mujeres en Puerto Rico, pero sobre todo acorde a causas y luchas que han caracterizado mi trayectoria profesional desde distintas posiciones”.
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