San Juan, 30 nov (INS).- El gobernador Pedro R. Pierluisi informó hoy que tanto la junta de directores de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) como la junta de gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) aprobaron la extensión del período del acuerdo suplementario bajo el que LUMA Energy funge como operador del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en la isla.
Junto al director ejecutivo de la AAPP, Fermín Fontanés, y el presidente de la junta de directores de la entidad, Omar Marrero, Pierluisi explicó que “esta extensión no es una nueva transacción creando una alianza público-privada para la administración de activos de la Autoridad de Energía Eléctrica. Es cuando la junta de directores de la Autoridad de las APP tiene ante su consideración una transacción de esta naturaleza que la Ley 120 del 2018 que regula la transformación energética en Puerto Rico requiere el voto afirmativo de los miembros de su junta que representan el interés público”.
Añadió que “la extensión del acuerdo suplementario obliga a LUMA a continuar administrando y mejorando el sistema de transmisión y distribución de energía en Puerto Rico hasta tanto la AEE complete su proceso de reestructuración de deuda, que se está llevando a cabo ante el Tribunal federal conforme al título III de la ley Promesa. Los términos del acuerdo y la compensación de LUMA se mantendrán igual que al presente durante ese período”.
Agregó que el proceso de la quiebra de la AEE en curso puede acabar de dos formas: el Tribunal puede confirmar un plan de ajuste de deuda para la Autoridad o desestimar la petición de restructuración ante su consideración. Si el tribunal confirma un plan de ajuste, entonces entrarían en vigor todas las disposiciones del contrato de 15 años entre la AAPP, la AEE y LUMA que se firmó a mediados de 2020.
“En ese momento cambiará la cuantía del pago a la empresa y se establecerá un sistema de bonificaciones o penalidades a LUMA sobre la base de su desempeño. En caso de que el Tribunal federal desestime la petición de quiebra de la AEE, LUMA tendría que continuar rindiendo sus servicios conforme a un plan de transición que ya ha sido acordado por las partes y aprobado por el Negociado de Energía de Puerto Rico”, abundó Pierluisi.
Opinó que “todos queremos que se logre la transformación de nuestro sistema eléctrico a uno moderno, resiliente y sobre la base de fuentes de energía renovables. Todos queremos que se agilice la reconstrucción y modernización de nuestra red eléctrica para que tengamos un servicio confiable. Todos queremos que tanto LUMA como la AEE mejoren su desempeño para tener un servicio eléctrico más estable”.
En tanto, Fontanés Gómez expresó que, “en un principio, el acuerdo suplementario se firmó como una medida provisional con el propósito de otorgar un período de 18 meses para la culminación de la reestructuración de la deuda de la AEE. Al día de hoy, dicho proceso no ha culminado, y es fundamental dar continuidad a los planes y trabajos de reconstrucción que ya se han comenzado. Ese es el objetivo y compromiso de todas las partes”.
Para Marrero, “es esencial que LUMA permanezca como operador del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica para continuar encaminando el proceso de reestructuración de la deuda de la AEE bajo el título III, así como para evitar resultados negativos severos para Puerto Rico. Por ejemplo, sin LUMA, el nombramiento de un síndico es altamente probable. Este síndico tendría la facultad de ejercer el derecho de solicitar aumentos tarifarios en cantidades suficientes para pagar la deuda de la AEE en su totalidad”.
Los funcionarios reiteraron que la cancelación del contrato tendría implicaciones negativas económicas para Puerto Rico, como los costos de cancelación que se han estimado entre 300 y 600 millones mientras un nuevo proceso de APP se lleva a cabo.
Además de posibles costos de litigación relacionados al cargo de terminación del contrato, costos relacionados al inicio de un nuevo proceso de licitación, riesgo de desinterés de entidades del sector privado en actuar como nuevo operador, incertidumbre respecto a la disponibilidad y tiempos de fondos federales, efecto negativo en los procesos de título III de la AEE, reducción en la utilidad y confiabilidad del Plan Integrado de Recursos, paralización o demora de las mejoras capitales al sistema de transmisión y distribución, entre otros.
El gobernador recordó que aún con esta extensión, a LUMA se le puede cancelar el contrato si incumple sustancialmente con sus obligaciones y que no corrige ese incumplimiento en el tiempo establecido en el contrato. Igualmente, el Negociado de Energía “tiene la facultad de establecer métricas e imponerle multas a LUMA si su desempeño se aparta de las mismas o afecta significativamente la confiabilidad de nuestro sistema eléctrico”. INS
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