San Juan (Puerto Rico).- El gobernador Pedro Pierluisi firmó este viernes una nueva orden ejecutiva que establece que todo negocio privado que atiende público deberá permanecer cerrado desde las 12:00 de la medianoche hasta las 5:00 de la mañana, periodo en el que también se estableció la ley seca.
La orden Ejecutiva 2021-086, cuyo objetivo es reducir y controlar los contagios por el Covid-19, y que entrará en vigor el martes 4 de enero y se extenderá hasta el día 18, también prohíbe toda actividad multitudinaria de sobre 250 personas, ya sea en el interior de cualquier instalación o en el exterior.
«Como medida para controlar los contagios del Covid-19 se ordena el cierre durante el horario de 12:00 AM a 5:00 AM de todas las operaciones privadas que atienden público, incluyendo, pero sin limitarse, a las que sean comerciales, profesionales, no profesionales, de servicios al consumidor, de ventas, financieras, de recreación o entretenimiento, deportivas, entre otras», dispone la medida firmada por el gobernador.
Además detalla las excepciones de industrias que podrán operar sin límite de horario como: las operaciones privadas que no atiendan público, como servicios comerciales, industriales, de manufactura, de construcción, de distribución; agrícolas, agropecuarias y oficinas administrativas; entre otras similares, así como las gasolineras, supermercados y los servicios de salud, incluyendo los de la salud mental, hospitales, farmacias, farmacéuticas, instalaciones de biociencia, centros de salud, centros de vacunación, laboratorios clínicos y centros de rastreos, entre otros.
«Las medidas que establecemos por medio de esta orden ejecutiva buscan apoyar los esfuerzos de la ciudadanía para continuar batallando contra este virus. Todos queremos que bajen los contagios y que podamos proteger a nuestros niños, niñas y jóvenes para que regresen seguros a las escuelas, por lo que son necesarias estas restricciones. Como he dicho, continuaré atento y vigilante al repunte de casos que tenemos en la Isla para establecer cualquier medida adicional que sea necesaria», expresó Pierluisi.
Destacó la importancia de que cada ciudadano continúe protegiéndose contra el Covid-19.
«Siempre es importante subrayar la responsabilidad individual y prudencia antes de participar de cualquier actividad que pueda poner en riesgo su vida y la de otras personas más vulnerables, así como la importancia de que cada persona elegible vaya a administrarse su dosis de refuerzo», manifestó el mandatario puertorriqueño.
Pierluisi reiteró su exhortación a todos los residentes y visitantes de la isla a que sean estrictos con el uso de mascarillas, distanciamiento físico y lavado de manos.
«Son medidas sencillas que han demostrado ser efectivas y que requieren un esfuerzo mínimo por parte de cada persona. Mantengamos la cautela en esta época festiva y celebremos con precaución, con un enfoque principal en protegernos tanto a nosotros como a nuestros seres queridos», agregó.
Pierluisi recordó que la Orden Ejecutiva 2021-085 sigue vigente hasta el domingo 16 de enero de 2022. La medida estableció la reducción de ocupación para todo negocio donde las personas se remuevan sus mascarillas para consumir alimentos y bebidas: 50 por ciento de aforo para establecimientos en interior y 75 por ciento para lugares en el exterior.
Las actividades multitudinarias de modalidad cerrada en teatros, anfiteatros, estadios, coliseos y centros de convenciones se podrán realizar al reducir el aforo a un 50 por ciento de la capacidad del lugar. Las actividades que se realicen en estos mismos lugares —pero que operen al aire libre— se podrán llevar a cabo tras reducir el aforo a un 75 por ciento.
Las actividades seguirán vigentes siempre y cuando cumplan con la nueva orden ejecutiva y su capacidad máxima no exceda de 250 personas.
Otra medida también incluye la Orden Ejecutiva 2021-080, la cual requiere la vacunación completa contra el COVID-19 para asistir a eventos multitudinarios, así como una prueba negativa realizada 48 horas o menos antes de asistir al evento.
Asimismo, la OE 2021-081 que estableció el requerimiento de la dosis completa de vacuna contra el COVID-19 o prueba negativa de 48 horas o menos para entrar a establecimientos de comida y bebida.
La OE 2021-081 también requirió que todo pasajero —vacunado o no vacunado— que viaje a Puerto Rico por vuelo doméstico deberá presentar una prueba negativa realizada 48 horas o antes de llegar a la isla. Las personas que no lleguen con prueba negativa tendrán 48 horas para realizársela en Puerto Rico o serán multadas.
Además, las personas no vacunadas que viajen a Puerto Rico en vuelos domésticos también deberán hacer cuarentena de siete días, independientemente de que lleguen con o sin prueba negativa.
En el caso de los vuelos internacionales, se mantiene la disposición por mandato federal de que todo viajero deberá contar con una prueba negativa realizada al menos 24 horas antes del vuelo.
Asimismo, sigue vigente la Orden Ejecutiva 2021-082 que estableció como obligatoria la vacunación de refuerzo para el personal que labore en los sectores de salud y educación. Para el próximo 15 de enero de 2022, las personas mayores de 18 años que ya estén vacunadas y que trabajen en estos sectores deberán tener administrada sus dosis de refuerzo.
El gobernador Pierluisi también firmó este viernes la Orden Ejecutiva 2021-087 la cual se establece que el personal de primera respuesta del gobierno de Puerto Rico deberá cumplir para el 31 de enero de 2022 con la administración de su dosis de refuerzo contra el coronavirus.
La medida tiene vigencia inmediata y también incluye a personal que trabaje en restaurantes, barras, supermercados y otros comercios relacionados.
El pasado 20 de diciembre, los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) informaron que la variante ómicron es la predominante en Estados Unidos: 73 por ciento de los nuevos contagios han sido de esa variante, lo que representa un incremento casi séxtuple en la proporción de infecciones en una sola semana. La agencia gubernamental también ha enfatizado la importancia de la vacunación y la administración de la dosis de refuerzo para protegerse y reducir síntomas graves del Covid-19.
«Sustentado en la evidencia científica y médica que promueve la necesidad de las dosis de refuerzo contra el COVID‑19, es necesario incentivarla en el personal de seguridad pública y entre otros sectores privados, para garantizar la continuidad de sus servicios y que su personal esté disponible para atender cualquier emergencia», indicó el gobernador.
El decreto ejecutivo incluye al personal del Departamento de Seguridad Pública (DSP) y sus negociados adscritos: la Policía de Puerto Rico, el Cuerpo de Bomberos, el Cuerpo de Emergencias Médicas, la Agencia Estatal Para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, el Sistema de Emergencia 9-1-1 y el Negociado de Investigaciones Especiales.
Asimismo, los oficiales de custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación —y cualquier otro personal de respuesta que indique el Departamento de Salud— también deberán completar la dosis de refuerzo según les corresponda, ya sea Pfizer-BioNTech, Moderna o Johnson & Johnson.
Por otra parte, la orden ejecutiva también ordena la dosis de refuerzo para las personas mayores de 18 años que trabajan en restaurantes; esto incluye restaurantes de comida rápida, terrazas de restaurantes de comida (food courts) y cafeterías.
Asimismo, incluye a personal mayor de 18 años que trabaje en barras, chinchorros, cafetines, barras deportivas (sport bars), supermercados, colmados y tiendas de gasolineras.
Tanto para los oficiales de primera respuesta como para personal de restaurantes y otros comercios, si la persona aún no puede recibir la dosis de refuerzo —ya sea porque aún no es apta o por cualquier otra condición— deberá cumplir con la dosis de refuerzo tan pronto pueda hacerlo y tendrá un término de 30 días desde que sea apta o desde que cese la condición.
La dosis de refuerzo contra el Covid-19, según la definen los CDC, se refiere a la dosis subsiguiente de la vacuna que fue administrada a la persona y cuyo propósito es mejorar o restaurar la protección de la vacunación primaria que podría haber disminuido con el tiempo.
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