Santo Domingo (República Dominicana).- El hecho de que un ciudadano tenga una multa de tránsito sin pagar no implica impedimento de salida del país, aclaroró un especialista en la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre.
La aclaración la hace Dary Terrero tras publicaciones hechas en medios digitales e impresos en el sentido de que los conductores con multas, a partir de que se implemente la tecnología de la foto multa no podrán salir del país, si tienen la sanción producto de una violación a la Ley 63-17
Recordó lo que dice en el artículo 281 de dicha ley, en el párrafo II, es: «que ningún conductor que haya sido sancionado con el pago de una multa podrá renovar la licencia de conducir o cualquier de su tramites, la placa, obtener la inspección técnica vehicular o revista, los seguros, certificados de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo, hasta tanto realice el pago de la multa».
El especialista dijo que la foto multa evitará que los conductores y los agentes de la DIGESETT tengan interacciones a la hora de ser fiscalización por la violación de un semáforo en rojo.
«Recordamos que en la República Dominicana y en otros países es sancionable que un conductor incurra en cruzar una vía en luz roja, que ha sido una de las principales causas de muertes por accidentes producto de la falta de respeto a los semáforos», subrayó.
Terrero recomienda a los conductores que tienen vehículos que aun non sido traspasados a quien es propietario, porque quien figurará en la multa será quien lo tenga a su nombre.
Comentarios sobre post