Washington.- El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), en consulta con el Departamento de Estado (DOS), anunció la lista de países cuyos nacionales son elegibles para participar en los programas de visas H-2A y H-2B en el próximo año.
La notificación que incluirá los países elegibles será publicada en el Registro Federal el 10 de noviembre de 2022.
Efectivo el 10 de noviembre de 2022, el secretario de Seguridad Nacional, en acuerdo con el secretario de Estado, decidieron:
. Añadir al Reino de Esuatini (Esuatini) a la lista de países elegibles para participar en los programas H-2A y H-2B.
DHS mantiene su autoridad de modificar la lista de elegibles en cualquier momento mediante la publicación de una Notificación del Registro Federal, si DHS y DOS determinan que un país no cumple con los requisitos para continuar con su designación.
Ejemplos de los factores que podrían resultar en la exclusión o la remoción de un país de esta lista incluyen fraude, abuso, índices de estadías no autorizadas luego de la fecha de vencimiento de la visa y otras formas de incumplimiento con los términos y condiciones de los programas de visas H-2 por parte de nacionales de esos países, que son contrarios a los intereses de Estados Unidos.
Los programas de visas H-2A y H-2B permiten que los empleadores estadounidenses traigan extranjeros a Estados Unidos para ocupar empleos agrícolas y no agrícolas temporales, respectivamente. Usualmente, USCIS aprueba las peticiones H-2A y H-2B solo para nacionales de países que el secretario de Seguridad Nacional haya designado elegibles para participar en los programas. Sin embargo, USCIS podría aprobar peticiones H-2A y H-2B, incluso aquellas que estaban pendientes a la fecha de la notificación del Registro Federal, para nacionales de países que no están en la lista sobre una base caso por caso, solo si se determina que esto es en interés de Estados Unidos.
Efectivo el 10 de noviembre de 2022, los nacionales de los siguientes países son elegibles para participar de los programas de visas H-2A y H-2B:
Alemania España Liechtenstein Reino Unido
Andorra Estonia Lituania República Checa
Argentina Filipinas* Luxemburgo República de Chipre
Australia Finlandia Macedonia del Norte República Dominicana
Austria Fiyi Madagascar Reino de Esuatini
Barbados Francia Malta Rumania
Bélgica Grecia México San Marino
Bosnia y Herzegovina Granada Mónaco San Vicente y las Granadinas
Brasil Guatemala Mongolia* Santa Lucia
Brunéi Haití Montenegro Serbia
Bulgaria Honduras Mozambique Singapur
Canadá Hungría Nauru Súdafrica
Chile Irlanda Nicaragua Suecia
Colombia Islandia Noruega Suiza
Corea del Sur Islas Salomón Nueva Zelanda Taiwan***
Costa Rica Islas Mauricio Panamá Tailandia
Croacia Israel Países Bajos Timor-Leste
Dinamarca Italia Papúa Nueva Guinea Turquía
Ecuador Jamaica Paraguay** Tuvalu
El Salvador Japón Perú Ucrania
Eslovaquia Kiribati Polonia Uruguay
Eslovenia Letonia Portugal Vanuatu
*Mongolia y Filipinas son elegibles a participar en el programa H-2B, pero no son elegibles a participar en el programa H-2A.
** Paraguay es elegible a participar en el programa H-2A, pero no es elegible a participar en el programa H-2B.
*** Con respecto a todas las referencias a «país» o «países» en este documento, se debe tomar en cuenta que la Ley de Relaciones de Taiwán de 1979, Ley Púb. Núm. 96-8, Sección 4(b)(1), dispone que «cuando las leyes de Estados Unidos se refieran o estén relacionadas a países, naciones, estados, gobiernos, o entidades similares extranjeras, dichos términos debe incluir y dichas leyes deben aplicar con respecto a Taiwán». 22 U.S.C. § 3303(b)(1). Por consiguiente, todas las referencias a «país» o «países» en la reglamentación que rige si los nacionales de un país son elegibles a participar en el programa H-2B, 8 CFR 214.2(h)(5)(i)(F)(1)(i) y 8 CFR 214.2(h)(6)(i)(E)(1), se interpretan para incluir Taiwán. Esto es consistente con la política estadounidense Una Sola China, bajo la cual Estados Unidos ha mantenido relaciones no oficiales con Taiwán desde 1979″.
Esta notificación no afecta el estatus de los beneficiarios H-2 que actualmente están en Estados Unidos a menos que soliciten cambiar o extender su estatus H-2 a base de una petición presentada en o después de la fecha de publicación de la notificación en el Registro Federal.
De manera similar, esta notificación no afecta la elegibilidad de un beneficiario H-2 a solicitar una visa H-2 y/o buscar admisión en Estados Unidos a base de una petición H-2 aprobada antes de la fecha de publicación de la notificación del Registro Federal. Sí aplica a los no inmigrantes que cambian estatus en Estados Unidos al de H-2A o H-2B. La designación de cada país es válida desde el 10 de noviembre de 2022, hasta el 9 de noviembre de 2023.
Los interesados en más información sobre estos programas pueden entrar a las páginas Trabajadores Agrícolas Temporales H-2A y la página de Trabajadores No Agricultores Temporales H-2B en el sitio web.
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