Santo Domingo (República Dominicana). La Dirección General de Contrataciones Públicas recordó la prohibición para ministros, viceministros, directores y subdirectores de ofertar ni contratar con el Estado.
Indicó que, en el artículo 14 de la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones está la prohibición que se extiende hasta seis meses después de la salida del cargo.
En un comunicado dirigido a las entidades gubernamentales, el órgano rector de las compras y contrataciones públicas indicó que dentro del régimen de prohibiciones también se señala a los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado.
Dijo que esto incluye padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos y a aquellos que por afinidad hasta el segundo grado como cónyuge, suegro, cuñados, entre otros de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por lo establecido en el artículo 14 de la Ley.
Explica que la prohibición para los parientes y afines solo aplica en el ámbito de la entidad en que los funcionarios prestan servicios.
Invitó a los funcionarios públicos a cumplir con la normativa a fin transparentar los procesos, garantizar la igualdad de oportunidades y no se de paso a ningún conflicto de interés.
En ese sentido, solicitamos a los servidores públicos recién designados dentro del régimen de prohibiciones establecido en la Ley y están inscritos en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) como persona física o como socios de una empresa con más del 10 % de participación en el capital social, que remitan una comunicación a esta Dirección General requiriendo la suspensión de su RPE. En caso contrario, procederemos a suspenderlos de oficio”, resaltó.
Explicó que, para dar cumplimiento a la normativa vigente, las instituciones contratantes deberán, en la etapa de evaluación de las ofertas, verificar que las personas físicas y jurídicas participantes no se encuentren dentro del régimen de prohibiciones y abstenerse de adjudicar y suscribir contratos con estos.
“Desde Contrataciones Públicas estamos comprometidos a velar por el respeto de la Ley y cualquier propuesta o contratación que viole lo establecido, será anulada. Todos los funcionarios que participen en los procesos de compra o contratación serán responsables por los daños que por su negligencia o dolo causare al patrimonio público y será pasible de las sanciones establecidas en dicha Ley, sin perjuicio de las sanciones penales de la que pueda ser objeto, como lo señala el segundo párrafo del art. 65 de esta normativa”, destacó Pimentel.
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