San Juan (República Dominicana).- Los jueces Dante Almonte, Diógenes Dámaso y Luis Marte, del Tribunal Colegiado de esta jurisdicción, condenaron a 10 años de reclusión a un hombre que abusó sexualmente de una niña de 11 años, en un hecho ocurrido en el sector La Mina del municipio Bohechío.
Los jueces Almonte, Dámaso y Marte, dictaron la pena contra Guancho Pinales Presinal «Juanyi», por incurrir en abuso físico, psicológico y sexual en perjuicio de la menor de edad.
La fiscal investigadora Danelys Medina, titular de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, presentó en el juicio de fondo pruebas suficientes para demostrar la responsabilidad del procesado, quien fue denunciado por los padres de la víctima.
De acuerdo con la acusación formulada por el Ministerio Público, Pinales Presinal aprovechó que la niña iba de camino a un colmado y la entró con violencia a una casa en construcción, donde, cuchillo en mano, cometió la violación.
El Ministerio Público atribuyó a los hechos la calificación de violación del artículo 331 del Código Penal, modificado por la Ley 24-97, y el 396, letras A, B y C, de la Ley 136-03, que crea el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Por otra parte, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional impuso 10 años de prisión a Humberto Ogando Ogando, que abusó sexualmente de una adolescente de 13 años.
Las juezas Arlín Ventura y Milagros Ramírez, que declararon a Ogando Ogando culpable de abuso sexual recurrente contra la menor de edad, dispusieron que el procesado cumpla la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal.
Durante las audiencias, la fiscal litigante Elaine Soto sustentó la acusación con pruebas testimoniales, documentales y periciales, así como la declaración de la víctima obtenida mediante el procedimiento de Cámara Gesell, evaluadas por las juezas para dictar sentencia.
En torno a los hechos, el expediente acusatorio instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el condenado aprovechaba que la adolescente estuviera sola para agredirla sexualmente, además de amenazarla con hacerle daño a su familia si ella lo delataba.
En la calificación del caso, el Ministerio Público sostuvo que Ogando Ogando violó varios artículos del Código Penal y de la Ley 136-03, que instituye el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.
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