Santo Domingo (República Dominicana).- La Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) realiza las acciones de lugar aplicar las sanciones administrativas a los funcionarios designados y elector, entrantes y saliente que no han cumplido con la presentación de su declaración jurada de patrimonio contemplada en la Ley 311-14, sobre la materia.
Según un comunicado de prensa de la CCRD, al 27 de abril hay 4,453 funcionarios omisos de presentación, distribuidos en dos grupos: el primero, 3,919, los electos, dentro de los cuales se encuentran los presidenciales, congresuales y municipales, y el segundo grupo, 534, al que corresponden los designados por nombramientos o decretos.
Resaltaron que entre quienes no han presentado la declaración jurada hay funcionarios de períodos anteriores y del actual.
En la nota, el órgano recuerda que la Ley 311-14, en su artículo 5 establece que: “Los funcionarios públicos obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los treinta (30) días siguientes a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal”.
En el artículo 6 indica la obligatoriedad de realizar la declaración de finalización; dentro del plazo máximo de treinta (30) días de haber cesado en el cargo, los funcionarios públicos obligados tienen que presentar una declaración jurada final, indicando su patrimonio y el de la comunidad conyugal.
Recuerda que los omisos podrían recibir sanciones consistentes en retención de salarios a través de la Tesorería Nacional, los organismos administrativos competentes (superior jerárquico), destitución y la remisión al Ministerio Público para el inicio de una investigación por presunción de enriquecimiento ilícito, de conformidad al artículo 19 de la ley 311-14.
Instó a todos los omisos de presentación ponerse al día a la mayor brevedad, ya que esta Cámara trabaja arduamente para lograr el cumplimiento de las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y no escatimará esfuerzos ni recursos para lograrlo.
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