Santo Domingo (República Dominicana).- El presidente de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) aclaró que los funcionarios deben depositar sus declaraciones juradas de forma presencial.
De acuerdo con Hugo Álvarez Pérez así lo establece la ley 311-14, y las mismas deben estar acompañadas de sus soportes correspondientes de manera física.
Expresó que el artículo 13 establece: “la declaración jurada de patrimonio es presentada en formato impreso ante la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos de la Cámara de Cuentas”.
En tal sentido, informó que a partir del lunes 31 de agosto el personal de la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos estarán recibiendo las declaraciones desde las 8:30 de la mañana hasta las 3 de la tarde.
Dijo que se continuará atendiendo a los declarantes hasta terminar con todos los que hayan llegado antes de concluido el horario señalado.
Adelantó que de ser necesario contratarán técnicos extras para recibir las declaraciones de todos los funcionarios obligados a declarar y cumplir con la labor que la ley le confiere a la CCRD, como órgano de control externo.
Para recibir las declaraciones habilitaron un área en la primera planta del edificio, dando cumplimiento a las medidas preventivas establecidas para evitar el contagio de la COVID-19.
Manifestó que, para hacer frente a esta situación de emergencia sanitaria y poder recibir la mayor cantidad de declaraciones, elaboraron un protocolo de recepción respetando el Manual de Políticas y Procedimientos para Solución de Contingencias.
En este se contempla la adopción de medidas que garanticen la salud y cuidado tanto del personal de la institución como de las personas que acuden a depositar las documentaciones requeridas.
Álvarez Perez indicó que otras de las medidas adoptadas por la entidad fue el proponer la calendarización por provincias para el depósito de las declaraciones juradas de las autoridades municipales, la cual fue acogida por la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), la Federación Dominicana de Distritos Municipales (Fedodim) y la Liga Municipal Dominicana (LMD).
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