Por Ramón Antonio Medina
Bahoruco (República Dominicana).- El Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Bahoruco condenó al Ayuntamiento del municipio de Villa Jaragua, al pago de honorarios a exempleados o servidores municipales desvinculados o despedidos injustificadamente de sus puestos de trabajo.
La sentencia número 0494-2021 de fecha 28 de mayo del presente año 2021, incoada a instancia civil, condena al cabildo al pago de la suma de RD$ RD$ 4,703,250,00.
La demanda contenciosa administrativa está motivada en responsabilidad patrimonial (indemnización y otras prestaciones laborales) de los empleados desvinculados de la alcaldía municipal, tras asumir la presente gestión que encabeza Ivan Aristides Medina Trinidad.
La demanda patrimonial fue interpuesta por Santa Victoria Rivas Cuevas, Dalvin Manuel Matos Florián y el abogado Richard Ferreras Seguras, quien también actúa en calidad de demandante.
Lo que establece el reglamento según el MAP
Según establece el Régimen Laboral y la Ley 41-08, para el caso de los servidores públicos de estatuto simplificado, se reconoce el pago de una indemnización económica equivalente a un mes de salario por cada año de servicio o fracción de seis meses, sin que exceda los 18 meses de salario, las vacaciones no disfrutadas, entre otros.
El Ministerio de Administración Pública (MAP) remitió una circular a todas las dependencias del Poder Ejecutivo, igual que a las descentralizadas, en las que les presentó un resumen del régimen laboral de derechos de los servidores públicos, de acuerdo con las disposiciones de la Ley número 41-08 de Función Pública y el Reglamento número 523-09 de Relaciones Laborales que se aplican desde hace más de 11 años, en los casos de desvinculación del servicio.
Comentarios sobre post