Santo Domingo (República Dominicana).- El diputado Ramón Alberto Dorrejo advirtió que las autoridades no pueden permitir que la empresa privada Transcor Latan, S.R.L., cause caos y profiera amenazas de causarlo como lo ha hecho en medios de comunicación el dueño de la compañía, quien afirmó se expondría a 20 años de prisión de cumplir su amenaza.
De esa Dorrejo, reaccionó a expresiones de Carlos Balcácer, abogado de la defensa de Pedro Vinicio Padovani Báez, dueño de la empresa Transcor Latam, SRL, quien adelantó que a partir de este jueves 9 de noviembre desconectarán el sistema de semáforos del Gran Santo Domingo.
El legislador indicó que esa acción está considerada en la ley 267-08 como un acto terrorista, con serias consecuencias para sus directivos y para quienes lo promuevan y si lo hacen podrían ser condenados a penas de hasta 20 años de prisión y a la clausura de sus actividades comerciales en el país «y ser hasta considerados como grupos terroristas que promueven el chantaje para lograr un beneficio económico de esa manera».
Dorrejo sostuvo, que las autoridades no se han percatado del alcance de esta ley para ser aplicada hasta cuando se producen apagones financieros intencionados para obligar al Estado a pagar o por medio de los apagones les causen problemas sociales y huelgas al país.
Aclaró que el sistema de semáforos nacionales está protegido y definido en el artículo 1, incisos M y S, de la ley de terrorismo, así como los actos de sabotajes y demás delitos conexos, están castigados con penas de hasta 20 años de prisión en los artículos 5, 20, 23, 26, 29 y 30, cuando disponen que:
Artículo 26.- Ataques a sistemas informáticos. Será castigado con pena de tres (3) a diez (10) años de reclusión todo aquel que provocare mediante procedimientos informáticos, daños, adulteraciones, bloqueos, supresión, sustracción de bases de datos, sistemas de seguridad de programas informáticos, de las organizaciones estatales, empresas públicas o de servicios de utilidad pública nacional o internacional.
Artículo 5.- Terrorismo. A los fines de la presente ley, constituyen actos de terrorismo todos aquellos que se ejecuten empleando medios susceptibles de provocar en forma indiscriminada o atroz, muertes, heridas, lesiones físicas o psicológicas, de un número indeterminado de personas, o graves estragos materiales a infraestructuras estratégicas de la nación o propiedad de particulares, con la finalidad de: a) Atemorizar a la población en general o determinados sectores de estado obligando al gobierno nacional, a otro gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; b) Ejercer retaliaciones fundadas por motivos políticos, étnicos, religiosos, o de cualquier otra índole; y Afectar las relaciones del Estado dominicano con otros estados o su imagen exterior.
Artículo 20.- Definición de trama. Se considera que existe trama terrorista desde el momento en que dos o más personas concierten entre si la resolución de actuar. Si ha habido proposición hecha y no aceptada de formar una trama para perpetrar los crímenes indicados en los artículos arriba indicados, aquel que hubiere formulado la propuesta será castigado con pena de tres a diez años de reclusión.
Artículo 23 – Reclutamiento y apoyo. Sera reprimido con prisión de diez (10) a veinte (20) años: 1. Quien intencionalmente promueva o preste apoyo a las actividades realizadas por personas o grupos organizados para la ejecución de cualquiera de los delitos establecidos en la presente ley, aunque no intervenga en su realización; Quien oculte, albergue, hospede o reclute a personas para la ejecución de cualquiera de 10s delitos establecidos en la presente ley.
Articulo 29.- Incitación a1 terrorismo. Será sancionado con pena de dos (2) a cinco (5) años de reclusión toda persona que mediante discursos, sermones, arengas o valiéndose de medios de comunicación electrónicos o impresos se dedicare a exaltar, encomiar, o hacer apología de la comisión de crímenes terroristas o de sus autores, o a difundir o enseñar, sin calidad oficial para ello, técnicas de fabricación de sustancias o artefactos susceptibles de ser empleados como medios terroristas.
Artículo 30.- Tentativa. La tentativa de los crímenes de terrorismo se castigara como el crimen mismo y serán considerados autores de los mismos los que consumaran materialmente la acción; los que la idearan, planearan o concibieran; los que la provocaren o dieran instrucciones para cometerlas a través de amenazas, promesas, dadivas, maquinaciones; los que con conocimiento proporcionaren las armas, medios, instrumentos o recursos que sirvieren para ejecutarla; los que siendo previamente parte de la trama facilitaren la evasión, encubrimiento, ocultamiento, simulación de los autores materiales.
Por otra parte, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó este miércoles que garantizará el “correcto funcionamiento” de los semáforos de Santo Domingo, luego de que el abogado Balcácer advirtiera que el sistema semafórico de la ciudad sería desconectado este jueves 9 de noviembre.
El Comunicado del Intrant:
“Desde este Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), informamos a todos los ciudadanos que está garantizado el correcto funcionamiento del sistema de semáforos de Santo Domingo.
Como órgano responsable de la gestión y regulación del tránsito y del transporte terrestre, aseguramos que las operaciones cotidianas de la red semafórica continuarán como de costumbre en las calles y avenidas de la ciudad, a través del Centro de Gestión y Control.
La Ley 63-17 de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial de la República Dominicana, le confiere al Intrant la atribución de supervisar la correcta señalización horizontal y vertical, así como la adecuada colocación de los dispositivos de control de tráfico en la red de comunicación vial, colocadas acordes con las especificaciones de los manuales nacionales e internacionales”.
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) suspendió el contrato suscrito entre el Intrant y Transcore Latam, SRL, para la mejora del centro de control de tráfico y la red semafórica del Gran Santo Domingo por un monto ascendente a 1.317 millones 350 mil 997.
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