Santo Domingo (República Dominicana).- Los jueces Elizabeth E. Rodríguez Espinal, Julio A. Aybar Ortiz y Flor E. Bautista Polo, del Primer Tribunal Colegiado, condenaron a 10 años de prisión al expelotero del béisbol de las Grandes Ligas. Eugenio Vélez Vancomper, y a su hermano Algenys Vélez de la Rosa, procesados por tráfico, comercio ilegal de armas de fuego y asociación de malhechores.
Los jueces dispusieron que los hermanos deberán cumplir la sentencia en Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís.
El expediente instrumentado por el fiscal investigador Héctor Manuel Romero Pérez, establece que el Ministerio Público desarrolló un labor de investigación conjunta con miembros de la Dirección Central de Inteligencia (Dintel) de la Policía Nacional en contra de una red criminal que se dedicaba al tráfico y/o contrabando de armas de fuego de diferentes calibres en el territorio nacional, así como al lavado de activos y otros delitos conexos, pesquisa que concluyó con el arresto de ambos condenados.
Señala que el 4 de abril de 2020 los imputados fueron detenidos en el parqueo de un supermercado del sector La Caleta, en Boca Chica, cuando pretendían concretar la compra de un arma de fuego de alto calibre.
Ambos se presentaron a bordo del vehículo marca Mercedes Benz, transportando un bulto que contenía en su interior el fusil marca Armalite, Rifle, 5.56 mm., M15, US350741, con dos cargadores sin cápsulas, y tres cajas de municiones 5.56 mm., conteniendo 34 cápsulas.
En un allanamiento en la residencia del imputado Vélez Vancomper, ubicada en el sector Villa Olímpica, en San Pedro de Macorís, se ocupó en el closet de la habitación principal una Pistola marca Walther, modelo P22, calibre 22 mm, serial número G025358, con su cargador y (6) cápsulas.
En la segunda habitación se encontró un estuche plástico, color negro, para pistola el cual contenía en su interior un cargador para pistola calibre 22mm., y un carnet de licencia de porte y tenencia de arma de fuego a nombre de Alison Ariel Martínez Suazo.
Durante el juicio de fondo la fiscal litigante Zayra Soto demostró con suficientes elementos de prueba que ambos condenados violaron los artículos 66, de tenencia ilegal de armas, municiones, explosivos y sus accesorios, 67, sobre portación y uso ilegal de armas de fuego de uso civil o partes de estas, 68, de tráfico ilícito de armas.
También, el artículo 70, sobre tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, 71, de acopio o almacenamiento de armas de fuego, y 72, sobre intermediación de armas sin licencia y registro, de la Ley número 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, y violación a los artículos 265 y 266, sobre asociación de malhechores del Código Penal Dominicano.
Comentarios sobre post