Por Alexandra Sued
La Constitución dominicana consagra el derecho de los hijos de dominicanos nacidos en el exterior de obtener la nacionalidad dominicana. El proceso es simple y puede realizarse desde los Estados Unidos en cualquier Consulado Dominicano.
Obtener la nacionalidad dominicana no afecta la ciudadanía estadounidense ni los derechos que de ella derivan, ya que los Estados Unidos no prohíbe adoptar la ciudadanía de otro país. Esto resulta en lo que se conoce como «doble ciudadanía». Es decir, una persona que es ciudadana de dos países al mismo tiempo.
Los beneficios de contar con la ciudadanía dominicana son múltiples. Uno es el derecho a votar, desde ultramar, en las elecciones Presidenciales y Congresales para Diputado de Ultramar, así como los demás derechos civiles dominicanos.
La doble ciudadanía además implica que quien la obtiene no será considerada extranjera a los fines de completar estudios en RD, hacer inversiones, abrir cuentas de banco, operar negocios, acceder a programas gubernamentales o aplicar a algún trabajo. Además, la persona con doble ciudadanía puede en cualquier momento vivir en el territorio nacional sin necesidad de obtener un permiso.
Los requisitos para obtener la ciudadanía dominicana son presentar una copia de la cédula vigente de uno de los padres dominicano, el acta de nacimiento apostillada del hijo interesado en la ciudadanía dominicana, y el pago de US$130.00, cuestionable este último. Estos documentos deben ser depositados en el Consulado Dominicano más cercano.
Asume tu derecho y obtén tu ciudadanía dominicana.
(La autora es abogada y activista comunitaria)
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