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Portada Puerto Rico

Gobernadora extiende el cierre y toque de queda hasta el 12 de abril

Redacción por Redacción
30 de marzo de 2020
en Puerto Rico
Tiempo de lectura: 5 minutos de lectura
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San Juan (Puerto Rico).- La gobernadora de Puerto Rico, Wanda Vázquez Garced anunció la firma de una nueva Orden Ejecutiva 2020-029 que establece la extensión del periodo de «lockdown» (cierre de emergencia) y toque de queda hasta el 12 de abril.

Además, incluye detalles de quiénes pueden transitar y los comercios que podrán abrir parcialmente durante la situación que vive Puerto Rico y el mundo por el coronavirus COVID-19.

«Las medidas que estamos tomando son para proteger a la ciudadanía de este virus. Hemos visto como en otros países no se han tomado las debidas precauciones a tiempo y las mortalidades ya son miles. Para evitar esto, la mejor forma es permaneciendo en sus hogares. No obstante, de necesitar algún artículo de primera necesidad o servicio, estamos dejando que algunos negocios permanezcan abiertos, pero siempre observando las medidas de seguridad y respetando los horarios en los que podrán transitar en las vías públicas», manifestó la gobernadora.

Recordó que como había adelantado, la Orden Ejecutiva 2020-029 establece el toque de queda con horario de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana a partir de este martes 31 de marzo.

Vázquez Garced aclaró que continuarán operando los hospitales, laboratorios clínicos, supermercados, farmacias, gasolineras, sucursales bancarias, y establecimientos de comida con servi carro, entrega o servicio de recogido, siempre y cuando tomen medidas cautelares, limitando la cantidad de personas que entra a los establecimientos.

También podrán abrir centros de cuidos de ancianos y casas de empeño solamente para brindar recibo de bienes a manera de empeño y pago de deudas, no para venta de mercancía.

Los supermercados no abrirán los domingos, al igual que las farmacias y las gasolineras, con excepción del área del recetario y únicamente el despacho de combustible.

Explicó que se designan los días para poder transitar en las carreteras para hacer alguna de las gestiones anteriores, según el último número de la tablilla del vehículo. Si el último número es impar, podrá transitar los martes, jueves y sábados. Si el último número es par o es una letra, podrá transitar los lunes, miércoles y viernes. Esto es a partir del miércoles, 1 de abril.

Fuera de las circunstancias anteriores, un ciudadano solo podrá salir de su residencia por alguna situación de emergencia, a trabajar en uno de los lugares permitidos en esta orden, siempre y cuando pueda evidenciarlo, o realizar uno de los servicios permitidos en esta orden.

La gobernadora indicó que a manera de excepción, podrán operar plomeros, electricistas, exterminadores y otros servicios que son necesarios para el mantenimiento de la salud, la seguridad y operación esencial a nivel individual, residencial, comercial, industrial o público, siempre y cuando ofrezcan un número telefónico o correo electrónico para ser contactados sin necesidad de abrir un local, atendiendo los aspectos de salubridad, seguridad e higiene. Esto incluye mantenimiento de elevadores y piscinas.

Igualmente, podrán operar compañías de asistencia en la carretera y cerrajería, solamente para atender casos de emergencia, sin abrir establecimientos que reciban público. También podrán operar compañías de entrega y envío de paquetes, y se permitirán los trabajos de instalación, reparación, mantenimiento y rehabilitación de la planta en cuanto a infraestructura crítica de telecomunicaciones.

Las organizaciones sin fines de lucro podrán ofrecer servicios, bajo las condiciones establecidas.

En cuanto a los servicios fúnebres, podrán hacerse recogido o traslado de cadáveres, embalsamientos, cremaciones y enterramientos, no así velatorios en los que se reúna público.

Aquellas compañías que ofrecen servicios de reparación y piezas de vehículos, incluyendo los técnicos automotrices, gomeras y distribuidores de piezas, podrán operar para atender emergencias los miércoles y jueves entre 9:00 de la mañana y 12:00 del mediodía mediante citas y deberán establecer un número telefónico o correo electrónico para coordinar las mismas. No deberán abrir al público en general.

Las ferreterías podrán operar viernes y sábado entre 9:00 de la mañana y 12:00 meridiano mediante citas, estableciendo algún método de contacto para coordinar la venta y entrega de mercancía, sin recibir público en general. Además, se permitirán trabajos de servicios críticos de construcción, como mantenimiento o reparación relacionados a hospitales, agua potable, electricidad y comunicaciones.

A todos los comercios autorizados a operar según la Orden Ejecutiva, se le recomienda en la medida que sea posible, ofrecer turnos preferentes a las personas que trabajen en hospitales, laboratorios tecnológicos y agentes del orden público.

En cuanto a las oficinas dentales, las mismas deberán permanecer cerradas, según las recomendaciones de ADA y la Junta Dental de Puerto Rico. Podrán tomar medidas para procedimientos de emergencia, ofreciendo un número telefónico al cual los pacientes pueden llamar y coordinar.

Las disposiciones de la orden no aplican a personas debidamente identificadas como empleados de agencias de seguridad pública o privada a nivel estatal y federal; profesionales de la salud; personal que labora en hospitales, farmacias, farmacéuticas, instalaciones de biociencia o centros de salud, personal que se encuentre trabajando en la cadena de distribución al por mayor y manufactura de bienes y alimentos.

Igualmente, a personal que se encuentre trabajando con utilidades o infraestructura crítica; personal de puertos y aeropuertos; personal que trabaja en centros de llamadas; funcionarios que realicen labores indispensables en las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial; miembros de la prensa; entre otros. Estas personas estarán autorizados a transitar en las vías públicas de camino a su trabajo y regreso a su hogar en el horario y días que sean necesarios.

Con relación a los peajes, Vázquez Garced aclaró que a partir de este 31 de marzo, se cobrarán, pero no se cobrarán multas por no tener balance en sus cuentas de Autoexpreso.

De no cumplir con estas disposiciones, la pena de reclusión no excederá seis meses o multa que no excederá de 5.000 dólares o ambas penas, a discreción del tribunal. Se ordena a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Seguridad Pública a tomar las medidas necesarias para hacer cumplir las disposiciones de esta Orden Ejecutiva.

La gobernadora recordó que, para facilitar que los trabajadores sean compensados de conformidad con sus contratos y las leyes aplicables, este, martes 31, entre 5:00 de la mañana y las 12:00 del mediodía, quedarán exentos del toque de queda hasta cinco empleados por patrono con el propósito de procesar los pagos de los periodos o ciclos de nómina que venzan durante marzo de 2020.

Asimismo, para fomentar el trabajo remoto para que los trabajadores puedan continuar generando ingresos en el periodo de emergencia, podrán acudir al lugar de trabajo para recoger materiales y equipos necesarios, tomando las medidas cautelares para garantizar la salud y seguridad de dichos empleados en el lugar de trabajo.

«Agradecemos la paciencia, comprensión y solidaridad de todos los que vivimos en esta isla. Juntos, vamos a ganarle al coronavirus COVID-19», agregó la gobernadora.

La Orden Ejecutiva está disponible en la página del Departamento de Estado www.estado.pr.gov.

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