Santo Domingo (República Dominicana).- El Ministerio Público reafirmó este lunes que las empresas del imputado Ángel Rondón Rijo fueron utilizadas para manejar los sobornos de los US$92 millones que la Constructora Norberto Odebrecht admitió haber distribuido en el país para beneficiarse con la adjudicación de contratos de obras gubernamentales.
La fiscal Mirna Ortiz precisó que las empresas de Rondón Rijo son verdaderas porque están legalmente asentadas, pero que están envueltas en un proceso judicial porque fueron utilizadas para recibir sobornos.
“En ningún momento el Ministerio Público ha dicho que sus empresas son falsas; sus empresas son verdaderas; ahora, fueron utilizadas para recibir sobornos a través de ellas, y eso es lo que (el imputado) no ha podido negar en ninguno de los documentos presentados en el juicio en el día de hoy”, manifestó la coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
La magistrada ofreció las declaraciones al responder preguntas de la prensa en torno a una objeción que no fue acogida por el tribunal para que las pruebas fueran presentadas conforme a lo establecido por ley, es decir, primero las testimoniales y luego las documentales.
“El Ministerio Público realizó al tribunal un pedimento de ley, de orden lógico. El juicio penal dominicano es oral, así lo establece el artículo 311 del Código Procesal Penal”, señaló.
Ortiz, quien forma parte del equipo de fiscales litigantes, agregó: “El artículo 311 establece el principio de oralidad y presenta el hecho de que las pruebas en el juicio se presentan de manera oral. ¿Entonces, cómo presentamos una prueba documental de manera oral? A través del testigo idóneo”.
Ortiz observó que la defensa de Rondón escogió introducir los documentos antes que los testigos.
En la continuación del juicio este lunes en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, la defensa de Rondón Rijo inició con la presentación de sus pruebas a descargo.
La representante de la Pepca explicó que, para dar un orden lógico al juicio, deben de presentarse primero los testigos y aclaró que así lo establece el Código Procesal Penal Dominicano y la doctrina internacional, así como las legislaciones que concuerdan con las de República Dominicana.
Dijo que el tribunal decidió que ellos (la defensa de Rondón Rijo) podían elegir el orden de presentación de sus pruebas. “Nosotros somos respetuosos de las decisiones del tribunal, mas no la compartimos”, indicó.
Detalló que este martes continuará la presentación de las pruebas documentales del imputado Ángel Rondón, de quien dijo que hasta el momento solo ha aportado certificaciones y documentos públicos, entre ellos, del Senado de la República y sobre la constitución de sus empresas.
El Ministerio Público favoreció en todo momento el cumplimiento de la ley en la presentación de las pruebas. Al hacer su planteamiento, el órgano acusador también estuvo representado por el fiscal José Miguel Marmolejos.
Durante el proceso, el Ministerio Público cumplió de manera estricta con lo establecido en el Código Procesal Penal para la incorporación de sus pruebas, iniciando primero con los testigos y después con las evidencias documentales.
El pasado jueves el Ministerio Público concluyó con la presentación de más de 1,700 pruebas documentales y testimoniales que comprometen la responsabilidad penal del representante empresarial Ángel Rondón Rijo, el abogado Conrado Pittaluga Arzeno, de Víctor Díaz Rúa, exministro de Obras Públicas, también exdirector del Inapa; los exlegisladores Porfirio Andrés Bautista García y Tommy Galán Grullón.
También de Roberto Rodríguez Hernández, exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa).
La Pepca destaca que las pruebas incorporadas son suficientes y tienen méritos para que cada uno de los imputados reciba una sentencia condenatoria por su relación con los sobornos que repartió la empresa Odebrecht en el país.
Resalta que el legajo de pruebas sustenta la acusación contra los procesados por violar el Código Penal Dominicano, la antigua Ley 72-02, sobre Lavado de Activos, y la Ley 448-06, sobre Soborno.
El tribunal suspendió el juicio hasta este martes 18 de mayo, a partir de las 9:00 de la mañana.
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