Santo Domingo (República Dominicana).- El Colegio de Abogados de la Republica Dominicana rechazó los aprestos de traslado forzoso del magistrado Moisés Ferrer, Juez de la Tercera Administrativa de la Suprema Corte de Justicia por considerar que constituye un Golpe de Estado a la Institucional del Poder Judicial.
Miguel Surun Hernández, presidente de la entidad, advierte que esa decisión es un acto atentatorio al principio constitucional de la Inamovilidad de Jueces consagrado en la Constitución, que prohíbe de manera expresa el traslado de Jueces.
“Peor aún, dicha propuesta constituye una tentativa del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de comprometer la responsabilidad Penal de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia que aprueben un acto ilegal, inconstitucional para el cual ni la constitución, ni la ley les confiere competencia, pues dentro de las facultades de la Suprema de Justicia, no se encuentra el traslado de un Juez de dicho Tribunal”, expresó.
Expresó que la Carta Magna no le confiera facultad a la alta corte la potestad de trasladar a un magistrado de ese tribunal.
Manifestó que la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, la 25-91, tampoco la faculta para trasladar, sino de designación de Jueces que componen las distintas salas, tal y como se describe en su artículo 5.
El presidente del Colegio de Abogados recordó que la inamovilidad de Jueces se encuentra además reforzada por la prohibición expresa de traslados forzosos de Jueces contemplado en el Párrafo, del artículo 18 de la Ley 327-98.
“Pensar en sentido contrario, seria aceptar la tesis que no compartimos, de que el Consejo Nacional de la Magistratura, tiene el poder de remover o trasladar a los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, a pesar de que la Carta Magna, tampoco refiere dicha potestad”, destaco.
Surun Hernández opino que tratar de imponer un traslado forzoso de un juez de la Suprema Corte de Justicia, pondría en tela de Juicio la seguridad y estabilidad de los Jueces del Poder Judicial, pues Si a un Juez del más alto Tribunal, le restriegan en la cara del principio de inamovilidad, consagrado en la prohibición de Traslados forzosos, que podría esperar el más sencillo de los Jueces de Paz.
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