Santo Domingo (República Dominicana).- El gobierno ha recaudado RD$527,416,500 por concepto del cobro ilegal de multas por violentar el toque de queda, advirtió a Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO).
De acuerdo con Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, presidente de la entidad, las sanciones debieron establecerlas los tribunales y no cobradas directamente por fiscales y policías, como ocurre en la actualidad.
Explica que, conforme a los reportes de las autoridades, de marzo a junio del pasado año, fueron arrestados 92,159 personas, de septiembre a noviembre, 46,703 ciudadanos fueron retenidos y multados, en julio y agosto y no se registraron apresamientos por el cese del toque de queda.
“No se ha presentado la estadística de apresados y multados correspondiente al mes de diciembre, sin embargo los medios de comunicaciones destacaron los apresamientos en los días de Nochebuena, Navidad y fin de año, promediaron unas 30 mil personas, sumado, a las apresadas, dan como promedio diario de apresados y multados de 925 ciudadanos apresados cada mes, en lo que llevamos de medidas restrictivas, al multiplicar 925 X 30 X 10 meses, tendremos un total de 277,500 personas retenidas y multadas, con un valor de mil pesos a los transeúntes, 2 mil pesos a los motociclistas y 5 mil a los conductores y al vehículo”, explicó.
Indicó que la suma es el resultante de las multas aplicadas al 40 % de transeúntes, por un valor de RD$111,000.000.00; el 30 % de motociclistas, RD$166,500.00; y el 30 % correspondiente a vehículos, estamos hablando de Cuatrocientos Dieciséis Millones Doscientos Cincuenta Mil Pesos RD$416,250.000.00, para totalizar Quinientos Veintisiete Millones, Cuatrocientos Dieciséis Mil Quinientos Pesos RD$527,416,500.00, sin que se ofrezcan detalles del curso y uso de esos fondos.
Insistió en que las medidas sanitarias establecidas por las autoridades, para prevenir la propagación de la COVID-19, no conllevan arresto y mucho menos multas de carácter administrativo, por parte de Policía y el Ministerio Publico, como se viene produciendo desde que se declaró el estado de emergencia, por la presencia en el país de la pandemia.
Manifestó que las violaciones a los protocolos sanitarios se rigen en el país por la ley No. 42-01 de Salud Pública, la que ordena que las infracciones sanitarias deben ser comprobadas por los inspectores sanitarios y estos, al verificar la infracción, deberán remitir las actas del levantamiento, al ministerio público para que este proceda de inmediato, a poner en movimiento la acción pública antes los tribunales de la república, no para que impongan la multa directamente, lo que le está vedado.
“Todas las multas son exclusividad absoluta de los jueces, jamás por un fiscal o policía”, recalcó de la Rosa Tiburcio.
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