Santo Domingo (República Dominicana).- La procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, presentó en la Secretaría del Ministerio Público, su «formal inhibición» para tratar cualquier asunto relacionado con el expediente relativo a las personas procesadas por el caso de corrupción de la empresa Odebrecht.
Germán Brito definió su decisión como «coherente con la postura que mantuve en la etapa en que me desempeñé como jueza de la Suprema Corte de Justicia».
Sostuvo que su actuación «jamás deberá limitar la libre actuación, apegada a la Constitución, a la ley y a su conciencia, de cada miembro del Ministerio Público que intervenga en el conocimiento del proceso».
En la Secretaría del Ministerio Público reposa la formal inhibición de Germán Brito, como certificó la titular de esa instancia, Gladys Esther Sánchez Richiez, el 14 de septiembre de 2020.
Sánchez Richiez asegura que «la procuradora general Miriam Germán Brito presentó formal inhibición de tratar cualquier asunto relacionado con el expediente relativo a las personas procesadas por el llamado caso Odebrecht y que está pendiente de conocimiento».
Explica, al citar el documento de la procuradora, que la inhibición se debe a que en el conocimiento de la medida de coerción, al momento de producir un voto disidente y siendo jueza, la magistrada Germán Brito emitió «juicios sobre la calidad de las investigaciones y sobre la pertinencia de las llamadas `delaciones premiadas`».
Añade que esa postura podría, eventualmente, «dar lugar a interpretaciones tendenciosas y alguna de las partes podría mirar lo expresado en la disidencia como una manifestación de parcialidad».
El pasado diciembre, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) envió a la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el expediente Odebrecht, en cuanto a los imputados Ángel Rondón Rijo, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista García, Juan Roberto Rodríguez Hernández y Conrado Pittaluga.
En agosto de este año hizo lo mismo con la acusación respecto al exsenador Tommy Galán Grullón.
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