Santiago (República Dominicana).- El Segundo Tribunal Colegiado de este distrito judicial condenó a 30 años de prisión, la pena mayor, a un hombre por tentativa de homicidio agravado en contra de cinco personas, incluyendo un menor de edad, cuando protagonizó una balacera en el distrito municipal La Canela.
Atendiendo a la solicitud de la Fiscalía de Santiago, el Segundo Tribunal Colegiado dictó la sentencia en contra Modesto Pérez Alcántara, a quien los hechos atribuidos establecen que el procesado, tras una discusión con la víctima, Wilson Rodríguez Rodríguez, se retiró del negocio donde compartían en el sector Capilla, del distrito municipal La Canela, y más tarde regresó armado con una pistola Canik, calibre 9 milímetros, disparando contra el hombre en un evidente intento por asesinarlo.
El Ministerio Público le atribuyó a Pérez Alcántara la violación a los artículos 2, 295, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, por su accionar en los hechos ocurridos en marzo del año 2020.
Los jueces Osvaldo Castillo, Esther Reyes y Luis Ernesto Torres, tras escuchar los argumentos del Ministerio Público, representado por las fiscales Luisa García y Danioska García, emitió la condena al establecer que, como sustentó la Fiscalía de Santiago, Pérez Alcántara cometió los hechos disfrutando de plena facultad mental, por cuanto estaba consciente de las consecuencias de sus actos, elementos probatorios que no pudieron ser refutados por la parte acusatoria.
Además de Rodríguez Rodríguez, entre las víctimas de Pérez Alcántara se encuentran Bielka Rafaela Rosa Domínguez, Jorge Antonio Rodríguez Rodríguez, Alexander Peralta Ortiz y el menor de 13 años de edad, identificado con las iniciales W.M.R.D.
El Ministerio Público mostró evidencias de las lesiones por heridas de arma de fuego que sufrieron todas las víctimas y la incapacidad médico-legal registrada en evaluaciones certificadas por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), como consecuencia de los actos del imputado.
El tribunal también ordenó el pago de una indemnización de 13 millones de pesos en favor de las víctimas querellantes.
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