La Altagracia (República Dominicana).- El Tribunal Colegiado de la provincia La Altagracia condenó a 20 años de cárcel, a un hombre que robó y violó a una mujer, luego de entrar a su residencia, en el municipio Higüey, en el año 2021.
Acogiendo el pedimento del Ministerio Público, el tribunal dictó la sentencia condenatoria en contra del acusado Carlos Vicente Sánchez por los hechos cometidos contra la mujer, cuyo nombre se omite para proteger su identidad.
Sánchez, quien fue hallado culpable de cometer los crímenes de robo agravado y violación sexual, cumplirá la pena privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, del municipio Higüey, provincia La Altagracia, y además deberá pagar una multa de diez salarios mínimos a favor del Estado dominicano.
Con relación al caso, el expediente acusatorio señala que el 7 de octubre del año 2021, alrededor de las 7:05 de la noche, el acusado fue detenido pcoo después de haber entrado al interior de la residencia de la víctima, donde cometió los hechos.
Establece que Sánchez tomó uno de los cuchillos que encontró en la vivienda de la víctima y colocó el arma blanca en el cuello de la misma, procediendo luego a violarla y a sustraer la 5.000.00 pesos en efectivo, su teléfono celular, marca ZTE 20, color negro, una tableta, perfumes, cadenas, carteras y 8 pares de tenis, entre otras pertenencias.
Al momento del arresto le ocuparon en la mano derecha, un arma blanca (cuchillo), de aproximadamente 11 pulgadas de largo, varios de los objetos sustraídos a la víctima, 500 pesos dominicanos, cinco euros y un bulto negro con varias prendas de mujeres.
Los elementos probatorios obtenidos durante la investigación por la fiscal Carmen Delia Romero, fueron incorporados al proceso, logrando el fiscal litigante Roberto Santos Pacheco demostrar los hechos contenidos en la acusación.
Los magistrados Domingo Alcídes Duvergé Caraballo, juez sustituto en función de presidente; Carmen Virginia Almonte Almonte y Evelin Cabrera Ubiera, dictaron la sentencia condenatoria al declarar al procesado culpable de violar los artículos 330, 331, 379 y 385 del Código Penal Dominicano.