Santo Domingo (República Dominicana).- Las juezas Claribel Nivar, Diana Moreno y Evelin Rodríguez, del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, condenaron a 20 años de cárcel a un hombre que mató a otro a machetazos, en un suceso ocurrido en el puesto de control de una ruta de autobuses de la avenida José Martí, en el sector Villa Francisca.
La sentencia contra Julio César Rodríguez Cabrera «El Guachi», fue dictada después de que el Ministerio Público probó la responsabilidad penal del acusado, que fue enviado a cumplir la pena en la Penitenciaría Nacional La Victoria, luego de que las juezas Nivar, Moreno y Rodríguez, acogieron como buenas y válidas las pruebas presentadas por la fiscal litigante Elaine Soto, en torno a la muerte de José Cosme de León Minier «Josecito».
Sobre los hechos, el expediente acusatorio establece que ocurrió en enero de 2019, mientras la víctima se encontraba en su lugar de trabajo, el control de la ruta, cuando Rodríguez Cabrera llegó de sorpresa con un machete, diciendo ¡¿tú ves que no es bueno?!” y de inmediato le propinó dos heridas que le produjeron la muerte.
La conducta del acusado fue calificada por el Ministerio Público como autor material de homicidio y porte de arma blanca, delitos previstos y sancionados en los artículos 296 y 302 del Código Penal Dominicano y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Por otra parte, las juezas Claribel Nivar, Elianny Mena e Isabel Reyes, del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, sentenciaron a 11 años de prisión a un individuo que durante varios meses abusó sexualmente de dos niñas de 10 y 12 años, una de las cuales es su pariente, en un hecho registrado en la zona oeste de Santo Domingo.
El Tribunal dispuso que el procesado, de quien se omite el nombre para proteger la identidad de las víctimas, cumpla la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.
La fiscal litigante Liyanny del Orbe presentó las pruebas testimoniales, documentales, periciales y audiovisuales, las cuales fueron valoradas por el tribunal para dictar la pena impuesta.
En cuanto a los hechos, la Fiscalía del Distrito Nacional señala en el expediente que el hombre se aprovechaba de su condición de pariente de una de las niñas para abusar de ellas cuando estaban jugando solas en la casa.
La conducta del acusado fue calificada por el Ministerio Público como agresión sexual y violación sexual, delitos previstos y sancionados en los artículos 330, 331 y 333 letras C y D, y artículo 396, letras B y C, de la Ley 136-03, o Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.
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